C-940 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Roberth Lesmes Orjuela
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Constituyen terrenos de propiedad del Estado
- Constituye bienes de uso público
- Concepto constitucional más amplio
- Inalienables, imprescriptibles e inembargables
- Características
- No son susceptibles de ser adquiridos por ninguno de los modos
- No se demandan preceptos modificatorios
- Ineptitud sustantiva de la demanda
- Preceptos demandados fueron modificados
- Aptitud material depende de la elaboración de los cargos
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Código civil, artículos 719, 720 (parcial) y 721.
Las disposiciones acusadas tocan, el concepto de aluvión, la regulación de la accesión y la demarcación del mismo, respectivamente. <br>a juicio del accionante, dichas normas vulneraon los artículos 2, 29, 58, 63, 79, 80 y 102 superiores, por permitir que los terrenos conformados por el fenómeno natural del aluvión accedan a heredades rivereñas, pese a que, a partir de la vigencia del código de recursos naturales, éstos son bienes de propíedad del estado. <br>en vista de que las acusaciones efectuadas carecen de certeza y especificidad, la sala se declaró inhibida para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de las normas demandadas. <br>inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo respecto de los artículos 719, 720 (parcial) y 721 del Código Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.