C-920 de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Omar Alirio Lemus Murcia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter relativo
- Sujeción a la Constitución y la ley
- Ausencia de concepto de violación
- Cargo genérico
- Competencia para fijación del
- Fijación de número por Departamento
- Caracterización
- Materias reservadas
- No expedición previa para fijación de número de diputados por Departamento
- Régimen de creación de nuevos departamentos
- Fijación de número de diputados por Departamento
- Garantía de la autonomía
- Parámetro de actuación del legislador ordinario
- Introducción de asunto nuevo sin consideración en debates anteriores
- Introducción de norma en último debate sin análisis en función del objetivo
- Introducción de asunto nuevo sin consideración en debates anteriores
- Introducción de norma en último debate sin análisis en función del objetivo
- Artículo transitorio sobre número de diputados
- Confrontación de normas con la Constitución
- Distinción
- Caracterización
- Ambito de acción
- Caracterización
- Características
- Expedición
- Artículo incorporado en debate de Plenaria del Senado
- Caracterización
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 617 de 2000.
Art.
Transitorio.
Descentralizacion.
Racionalizacion del gasto publico nacional.
Regimen departamental.
Numero de diputados por departamentos.
Ley organica de ordenamiento territorial.
Autonomia administrativa.
Derecho de igualdad.
Unidad de materia
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1421/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución, oído el concepto del Procurador General de la Nación y surtidos los trámites que ordena el Decreto 2067 de 1991,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarase la INEXEQUIBILIDAD del artículo transitorio de la Ley 617 de 2000.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 18 del Decreto 2067 de 1991,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.