C-892 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Santiago Guijo Santamaria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe contener una directa e inequívoca pretensión de inconstitucionalidad
- Solicitud de exequibilidad condicionada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 472 de 1998 articulo 35.
Se desarrolla el articulo 88 de la constitucion politica de colombia en relacion con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones.
Efectos de la sentencia.el demandante indica que la norma acusada desconoce los articulos 2 29 y 229 de la constitucion en cuanto al principio de efectividad de los derechos y la titularidad de la accion.la accion pretende un pronunciamiento de exequibilidad bajo determinado condicionamiento.se esta ante el ejercicio indebido de la accion de inconstitucionalidad ya que es a la corte constitucional a la que le corresponde determinar los efectos de sus fallos luego del control abstracto de constitucionalidad y no se aprecian las condiciones minimas exigidas por la ley para proferir un fallo de fondo.inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 472/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de proferir un fallo de fondo respecto del articulo 35 de la Ley 472 de 1998, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.