Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de noviembre de 2006Sala Plena

C-892 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Santiago Guijo Santamaria

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda De Norma De La Ley 472 De 1998
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 472 de 1998 articulo 35.

Se desarrolla el articulo 88 de la constitucion politica de colombia en relacion con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones.

Efectos de la sentencia.el demandante indica que la norma acusada desconoce los articulos 2 29 y 229 de la constitucion en cuanto al principio de efectividad de los derechos y la titularidad de la accion.la accion pretende un pronunciamiento de exequibilidad bajo determinado condicionamiento.se esta ante el ejercicio indebido de la accion de inconstitucionalidad ya que es a la corte constitucional a la que le corresponde determinar los efectos de sus fallos luego del control abstracto de constitucionalidad y no se aprecian las condiciones minimas exigidas por la ley para proferir un fallo de fondo.inhibida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 472/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 35Ley 472/98INHIBITORIO
Art. 88Ley 472/98INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. INHIBIRSE de proferir un fallo de fondo respecto del articulo 35 de la Ley 472 de 1998, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.