C-870 de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Yeny Marguith Diaz Aranguren·Demandado Ley 1383 De 2010 Articulo 5
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos en la carga argumentativa
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
- Integración
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1383 de 2010 artículo 5 (parcial) “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Transito y se dictan otras disposiciones” el artículo regula los requisitos para obtener por primera vez la licencia de conducción, el aparte demandado es el siguiente “a excepción de la mínima que será de 18 años cumplidos”, el demandante considera vulnerado el artículo 13 constitucional, ya que la norma realiza una diferenciación respecto de la edad para adquirir licencias ya sea para vehículos de uso público o vehículos de uso particular.
La Corte encuentra que el cargo formulado por la accionante, resulta falto de certeza, pertinencia y especificidad, ya que no se integró un a proposición jurídica completa, debido a ello no se puede entrar a complementar las grandes falencias del cargo por cuanto se estaría generando una especie de control automático, por lo tanto decide declararse Inhibida.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional, en nombre del pueblo colombiano y por mandato de la Constitucion Politica,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.