Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de noviembre de 2010Sala Plena

C-870 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Yeny Marguith Diaz Aranguren·Demandado Ley 1383 De 2010 Articulo 5

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Sobre Edad Minima Para Conducir Vehiculos De Servicio Publico
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Edad Minima Para Conducir Vehiculos De Servicio Publico
  • Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1383 de 2010 artículo 5 (parcial) “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Transito y se dictan otras disposiciones” el artículo regula los requisitos para obtener por primera vez la licencia de conducción, el aparte demandado es el siguiente “a excepción de la mínima que será de 18 años cumplidos”, el demandante considera vulnerado el artículo 13 constitucional, ya que la norma realiza una diferenciación respecto de la edad para adquirir licencias ya sea para vehículos de uso público o vehículos de uso particular.

La Corte encuentra que el cargo formulado por la accionante, resulta falto de certeza, pertinencia y especificidad, ya que no se integró un a proposición jurídica completa, debido a ello no se puede entrar a complementar las grandes falencias del cargo por cuanto se estaría generando una especie de control automático, por lo tanto decide declararse Inhibida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 769/02INHIBITORIO
Art. 5Ley 1383/10INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional, en nombre del pueblo colombiano y por mandato de la Constitucion Politica,
  2. RESUELVE:
  3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.