C-798 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Pedro Pablo Camargo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de los cargos para proferir fallo de mérito
- Falta de certeza y especificidad en razones de inconstitucionalidad
- Mención en la ley de norma derogada
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 785 de 2002.
Se dictan disposiciones relacionadas con la administración de los bienes incautados en aplicación de las leyes 30 de 1986 y 333 de 1996.
Requisitos que deben cumplir los cargos de constitucionalidad para que sea procedente proferir un fallo de merito.
Inhibición por ineptitud de los cargos según los cuales la ley 785 de 2002 vulnera el principio de unidad de materia no cumpe con el requisito que el titulo de la ley corresponda con su contendo y no siguió el tramite de ley estatutaria.
Inhibición por ineptitud del cargo según el cual el inciso 1 del articulo 5 de la ley 785 de 2002 vulnera el derecho a la personalidad jurídica.
Inhibida y estarse a lo resuelto en c-1025 de 2004
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 785/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. INHIBIRSE de pronunciarse sobre la constitucionalidad de Ley 785 de 2002 por la cual "se dictan disposiciones relacionadas con la administracion de los bienes incautados en aplicacion de las Leyes 30 de 1986 y 333 de 1996".
- Segundo. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-1025 de 2004 (MP: Alfredo Beltran Sierra) respecto de la declaratoria de exequibilidad condicionada del articulo 5 de la Ley 785 de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.