Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de octubre de 2015Sala Plena

C-651 de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Bruce Mac Master Rojas·Demandado Decreto Ley 2090 De 2003

Tema · dato duro
Régimen Especial De Pensiones Para Actividades De Alto Riesgo. Límite Temporal A Este Régimen Especial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Facultades Extraordinarias Del Presidente De La Republica
  • Expedición de regulación sobre pensiones de alto riesgo dentro del término concedido y sujeción final del periodo de vigencia a plazo y condición
  • Margen competencial para definir cuándo entran en vigencia y cuándo pierden este atributo las normas con fuerza de ley que dicte
Pension De Vejez Por Actividades De Alto Riesgo
  • Reglas especiales de régimen pensional no se sujetan al término de expiración
  • Carga contributiva superior que no produce desequilibrio pensional
  • Límite del régimen especial
  • No fueron eliminadas por reforma constitucional y como tampoco desaparecen al 31 de julio de 2010
  • Validez se ajusta y no desconoce sostenibilidad financiera de Acto Legislativo 01 de 2005
Vigencia De Norma Legal
  • Sujeta a condición
Vigencia De Normas
  • Se produce únicamente como resultado de una decisión tomada discrecionalmente por quien tiene la competencia para hacerlas
Acto Legislativo 01 De 2005
  • Reforma del artículo 48 de la Constitución no afecta pensión de alto riesgo
Derogacion Tacita
  • Incompatibilidad real y manifiesta entre norma con fuerza de ley y norma de rango constitucional posterior no conduce a un fallo inhibitorio
Pension De Alto Riesgo
  • Reforma constitucional
Presidente De La Republica
  • Facultades extraordinarias para expedir o modificar normas pensionales para quienes laboran en actividades de alto riesgo
Sostenibilidad Financiera Del Sistema Pensional
  • Estado garantiza derechos por reforma del artículo 48 de la Constitución
11 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 8º del Decreto con fuerza de Ley 2090 de 2003, por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

El demandante considera que la norma acusada vulnera los artículos 48 y 150 numeral 10 de la Constitución.

La Corte determinó que el Decreto 2090 de 2003 no consagra un régimen especial de pensiones, sino un esquema normativo de pensiones de alto riesgo que se inscribe en el régimen de prima media con prestación definida, dentro del Sistema General de Pensiones, que resulta acorde con el artículo 48 Superior.

EXEQUIBLE; por los cargos analizados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2090/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 48Ley 2090/03EXEQUIBLE
Art. 8Decreto 2090/03EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el artículo 8º del Decreto Ley 2090 de 2003 "Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.