C-571 de 2004
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Lizbeth Adriana Camargo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Desaparición de la actual estructura orgánica y territorial para elección por voto directo
- Competencia para decisión de fondo
- Configuración
- Definición de compatibilidad con la Constitución vigente
- Modificación sustancial por la Constitución
- Incompatibilidad manifiesta con la Constitución
- Vigencia
- Decisión de fondo por el órgano de control constitucional en todos los casos de confrontación
- Conflicto y criterio de resolución cuando la norma superior también es la posterior
- Configuración de la invalidez sobrevenida de la preceptiva inferior cuando la norma superior es la posterior
- Definición sobre la insubsistencia cuando está en abierta contradicción con la Constitución
- Postulados básicos para análisis de vigencia
- Incompatibilidad real o contradicción manifiesta e insuperable con la Constitución
- Necesidad de declaratoria de inconstitucionalidad por abierta contradicción con la Constitución
- Ponderación y prevalencia
- Alcance respecto de la legislación preexistente
- Quórum para abrir sesiones y deliberar
- Declaratoria de invalidez y prevalencia sobre la derogatoria tácita
- Número mínimo y máximo de miembros integrantes
- Efectos en el tiempo
- Efectos
- Efectos ex tunc
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 1222 de 1986 arts. 26 30 y 42.
Codigo de regimen departamental.
Numero de diputados en las asambleas departamentales quórum para deliberar y decidir en el congreso las camaras y las comisiones y elección de los consejeros intendenciales y comisarias
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1222/86. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- PRIMERO. Del articulo 26 del Decreto 1222 de 1986, declarar EXEQUIBLE la expresion: "En cada departamento habra una corporacion administrativa de eleccion popular, que se denominara asamblea departamental", e INEXEQUIBLE la expresion: "integrada por no menos de quince ni mas de treinta miembros, segun lo determine la ley, atendida la poblacion respectiva. El numero de suplentes sera igual al de los principales y reemplazaran a estos en caso de falta absoluta o temporal, segun el orden de colocacion en la respectiva lista electoral".
- SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 30 del Decreto 1222 de 1986.
- TERCERO. Del articulo 42 del Decreto 1222 de 1986, declarar EXEQUIBLE la expresion: "Todos los ciudadanos eligen directamente Presidente de la Republica, Senadores, Representantes, Diputados, Alcaldes y Concejales Municipales y del Distrito Especial", e INEXEQUIBLE la expresion: "Consejeros Intendenciales y Comisariales".
- CUARTO. La declaratoria de INEXEQUIBILIDAD contenida en los numerales PRIMERO,
- SEGUNDO. y
- TERCERO. de la parte resolutiva de esta Sentencia, surte efectos a partir de la expedicion de la Constitucion de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.