Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de junio de 2004Sala Plena

C-571 de 2004

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Lizbeth Adriana Camargo

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad En Materia De Normas De Distinto Rango. Declaratoria De Invalidez Y Prevalencia Sobre La Derogatoria Tácita
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consejeros Intendenciales Y Comisariales
  • Desaparición de la actual estructura orgánica y territorial para elección por voto directo
Ley Preexistente
  • Definición de compatibilidad con la Constitución vigente
Legislacion Preconstitucional
  • Modificación sustancial por la Constitución
  • Incompatibilidad manifiesta con la Constitución
  • Vigencia
Legislacion Preexistente Y Constitucion Politica
  • Decisión de fondo por el órgano de control constitucional en todos los casos de confrontación
Normas De Distinto Rango
  • Conflicto y criterio de resolución cuando la norma superior también es la posterior
  • Configuración de la invalidez sobrevenida de la preceptiva inferior cuando la norma superior es la posterior
Normatividad Preconstitucional
  • Definición sobre la insubsistencia cuando está en abierta contradicción con la Constitución
  • Postulados básicos para análisis de vigencia
  • Incompatibilidad real o contradicción manifiesta e insuperable con la Constitución
  • Necesidad de declaratoria de inconstitucionalidad por abierta contradicción con la Constitución
Transito Constitucional
  • Alcance respecto de la legislación preexistente
Congreso De La Republica, Camaras Y Comisiones
  • Quórum para abrir sesiones y deliberar
Control De Constitucionalidad En Materia De Normas De Distinto Rango
  • Declaratoria de invalidez y prevalencia sobre la derogatoria tácita
Asamblea Departamental
  • Número mínimo y máximo de miembros integrantes
Sentencia De Inexequibilidad
  • Efectos
  • Efectos ex tunc
19 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 1222 de 1986 arts. 26 30 y 42.

Codigo de regimen departamental.

Numero de diputados en las asambleas departamentales quórum para deliberar y decidir en el congreso las camaras y las comisiones y elección de los consejeros intendenciales y comisarias

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1222/86. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 26Decreto 1222/86 «la corte difirio los efectos de este pronunciamiento a partir del...»EXEQUIBLE
Art. 30Decreto 1222/86INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«la corte difirio los efectos de este pronunciamiento a partir del...»
Art. 42Decreto 1222/86INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«la corte difirio los efectos de este pronunciamiento a partir del...»
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. PRIMERO. Del articulo 26 del Decreto 1222 de 1986, declarar EXEQUIBLE la expresion: "En cada departamento habra una corporacion administrativa de eleccion popular, que se denominara asamblea departamental", e INEXEQUIBLE la expresion: "integrada por no menos de quince ni mas de treinta miembros, segun lo determine la ley, atendida la poblacion respectiva. El numero de suplentes sera igual al de los principales y reemplazaran a estos en caso de falta absoluta o temporal, segun el orden de colocacion en la respectiva lista electoral".
  4. SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 30 del Decreto 1222 de 1986.
  5. TERCERO. Del articulo 42 del Decreto 1222 de 1986, declarar EXEQUIBLE la expresion: "Todos los ciudadanos eligen directamente Presidente de la Republica, Senadores, Representantes, Diputados, Alcaldes y Concejales Municipales y del Distrito Especial", e INEXEQUIBLE la expresion: "Consejeros Intendenciales y Comisariales".
  6. CUARTO. La declaratoria de INEXEQUIBILIDAD contenida en los numerales PRIMERO,
  7. SEGUNDO. y
  8. TERCERO. de la parte resolutiva de esta Sentencia, surte efectos a partir de la expedicion de la Constitucion de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.