Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de julio de 2002Sala Plena

C-520 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

✓Demandante Carlos Alberto Maya Restrepo

✓
Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Codigo Sustantivo Del Trabajo Y Codigo De Comercio
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ausencia de cargo directo
  • Ausencia de cargos
  • Formulaciones genéricas, confusas y sin relación causal de cargos
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 2663 de 1950.

Art. 36 (p.).

Decreto 410 de 1971.

Art. 252 inc. 1.

Codigo sustantivo del trabajo y de comercio.

Responsabilidad solidaria.

Liquidacion del patrimonio social.

Facultades extraordinarias.

Fideicomisos.

Accion publica de inconstitucionalidad

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 36Decreto 2663/50INHIBITORIO
Art. 207Decreto 410/71INHIBITORIO
Art. 252Decreto 410/71INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
  2. R E S U E L V E
  3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse en relacion con las expresiones "de personas", e "y solo hasta el limite de la responsabilidad de cada socio" contenidas en el articulo 36 del Codigo Sustantivo del Trabajo, asi como en relacion con las expresiones "no" y "solo", contenidas en el inciso
  4. primero. del articulo 252 del Codigo de Comercio, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.