Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de mayo de 2001Sala Plena

C-507 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Juan Carlos Hincapie Mejia

Tema · dato duro
Estatuto Del Ejercicio De La Abogacia. Limitacion Al Derecho De Los Administrados A Acceder A Las Autoridades Administrativas. Intervencion De Un Profesional Del Derecho Para Litigar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administracion De Justicia
  • Intervención de profesional del derecho
  • Intervención técnica
Autoridad Administrativa
  • Actuación a través de profesional del derecho
  • Función jurisdiccional
  • Excepción a acceso directo de particulares
Clausula General De Competencia Legislativa
  • Reglas de valoración ante supuesto concreto
  • Excepción a regla general
Control De Constitucionalidad De Norma Acusada
  • Excepción concreta a regla general
Democracia Participativa
  • Decisiones que los afectan, convivencia pacífica y orden justo
  • Injerencia de actores sociales
Derecho De Participacion
  • Reglas de valoración ante supuesto concreto
Derecho De Defensa
  • Alcance
  • Representación por abogado
Estado En La Constitucion Politica
  • Participación de asociados
Justicia
  • Realización individual
Norma Acusada
  • Excepción no específica a regla general
Participacion Ante Administracion
  • Representación técnica o asistencia profesional
Control De Constitucionalidad Formal
  • Normas expedidas con anterioridad a la Constitución
Administracion Publica
  • Intermediación de profesional del derecho
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Alcance
  • Sin representación por abogado
Estatuto De La Abogacia
  • Antecedentes constitucionales y legales
Ley Estatutaria
  • Reserva bajo la Constitución actual
Participacion Ante Autoridad Administrativa
  • Cosa pública y pronta y cumplida justicia
21 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 35 (parcial) del Decreto ley 196 de 1971, por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.

El actor adujo que la expresión “Salvo los casos expresamente determinados en la ley” vulnera los artículos 2º, 26, 150 numeral 10º, 152 literal a) y 158 de la Constitución Política.

Ello, porque con el pretexto de reglamentar la profesión de abogado, faculta a la ley para limitar el derecho de los administrados a acceder a las autoridades administrativas.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que la frase censurada es constitucional porque de su contenido no se pudo predicar infracción a disposiciones Superiores.

Con base en lo anterior se declaró EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 196/71. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 35Decreto 196/71 «salvo los casos expresamente designados en la ley»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE el aparte "salvo los casos expresamente designados en la ley" que hace parte del articulo 35 del Decreto ley 196 de 1971.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.