Micelio
Sentencia de Constitucionalidad7 de julio de 1999Sala Plena

C-478 de 1999

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante William Florez Noriega

Tema · dato duro
Aplazamiento Del Servicio Militar Por Estar Cursando Estudios Reconocidos Por Autoridades Eclesiasticas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

8 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 29, literal D (parcial) de la Ley 48 de 1993 “Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización”.

El actor señaló que la expresión “por las autoridades eclesiásticas” hace referencia exclusivamente a las autoridades de la Iglesia Católica, concediendo un aplazamiento para la prestación del servicio militar, únicamente en favor de los estudiantes que han sido aceptados o que están cursando estudios en establecimientos reconocidos por esas autoridades, desconociendo la pluralidad religiosa.

La Corte concluyó que la expresión demandada no hace referencia directa y exclusivamente a la formación religiosa de la Iglesia Católica.

En consecuencia, declaró exequible la expresión del literal d) del artículo 29 de la Ley 48 de 1993, en el entendido que la misma se refiere a todas las iglesias y confesiones religiosas reconocidas jurídicamente por el Estado colombiano.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 48/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 29Ley 48/93 «literal d»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión "por las autoridades eclesiásticas" contenida en el literal d) del artículo 29 de la Ley 48 de 1.993 "por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización", en el entendido de que la misma se refiere a todas las iglesias y confesiones religiosas reconocidas jurídicamente por el Estado colombiano.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.