Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de mayo de 2002Sala Plena

C-427 de 2002

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Sixto Manuel Garcia Mejia

Tema · dato duro
Autonomia De Entidades Territoriales En Materia De Regalias Y Compensaciones. No Desconocimiento Por Cambio De Ejecutor De Proyectos Financiados Con Recursos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia De Entidades Territoriales
  • Alcance sobre fuente endógena de financiación
  • Límites al legislador en lo financiero y presupuestal
  • Núcleo esencial
  • Alcance
  • Alcance sobre fuente exógena de financiación
  • Contenido mínimo
  • Margen de intervención legislativa sobre fuentes endógenas y exógenas de financiación
  • Requerimiento para mantener vigente la garantía
Comision Nacional De Regalias
  • Justificación del control y vigilancia
  • Naturaleza
  • Medida que constituye ejerció de función reglada
  • Objetivo de las funciones
  • Objeto
  • Solicitud de cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
Explotacion De Recursos Naturales No Renovables
  • Titularidad de contraprestaciones económicas
  • Territorios en que se adelante
Participacion En Regalias Y Compensaciones De Entidades Territoriales
  • Solicitud de cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
Regalias
  • Definición
  • Titularidad
  • No sujetas a reglas de reparto automático y aritmético
  • Intervención y control sobre el manejo
  • Fuente exógena de financiación
  • Destinación
Autonomia De Entidades Territoriales En Materia De Regalias Y Compensaciones
  • No desconocimiento por cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
  • Vaguedad e indefinición de expresión "irresponsable"
Autonomia De Entidades Territoriales En Materia De Regalias
  • Participación en rentas nacionales en los términos que fije la ley
Entidades Territoriales
  • Fuentes de financiación
Fondo Nacional De Regalias
  • Objeto
  • Sistema de manejo separado de cuentas sin personería jurídica
Libertad De Configuracion Legislativa En Regalias
  • Margen de intervención
  • Regulación de régimen jurídico
Norma Acusada
  • Vaguedad e indefinición de expresión
Participacion De Entidades Territoriales En Regalias
  • No representa una cesión de rentas nacionales
Participacion En Regalias Y Compensaciones
  • Mecanismos para asegurar la correcta utilización
17 temas · 38 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 141 de 1994.

Art. 10 num. 4 (p.).

Fondo y comision nacional de regalias.

Derecho del estado a percibir regalias por la explotacion de recursos naturales no renovables.

Liquidacion y distribucion.

Mecanismos para asegurar la correcta utilizacion de las participaciones en las regalías y compensaciones.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 141/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 141/94 «numeral 4»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "Solicitar que la ejecucion de los proyectos financiados", "de las regiones como entidad territorial, de los departamentos y municipios, segun sea el caso, cuando la entidad territorial beneficiaria de dichas participaciones o compensaciones, directamente o por intermedio de contratos con terceros, este administrando o ejecutando proyectos en forma (...) negligente o sin darle cumplimiento a los terminos y condiciones establecidos en los contratos respectivos", del numeral 4deg del articulo 10deg de la Ley 141 de 1994, salvo las expresiones "irresponsable o" del mismo numeral que se declaran INEXEQUIBLES.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.