C-427 de 2002
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Sixto Manuel Garcia Mejia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance sobre fuente endógena de financiación
- Límites al legislador en lo financiero y presupuestal
- Núcleo esencial
- Alcance
- Alcance sobre fuente exógena de financiación
- Contenido mínimo
- Margen de intervención legislativa sobre fuentes endógenas y exógenas de financiación
- Requerimiento para mantener vigente la garantía
- Justificación del control y vigilancia
- Naturaleza
- Medida que constituye ejerció de función reglada
- Objetivo de las funciones
- Objeto
- Solicitud de cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
- Titularidad de contraprestaciones económicas
- Territorios en que se adelante
- Solicitud de cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
- Definición
- Titularidad
- No sujetas a reglas de reparto automático y aritmético
- Intervención y control sobre el manejo
- Fuente exógena de financiación
- Destinación
- Titularidad
- Características
- No desconocimiento por cambio de ejecutor de proyectos financiados con recursos
- Vaguedad e indefinición de expresión "irresponsable"
- Participación en rentas nacionales en los términos que fije la ley
- Fuentes de financiación
- Objeto
- Sistema de manejo separado de cuentas sin personería jurídica
- Margen de intervención
- Regulación de régimen jurídico
- Vaguedad e indefinición de expresión
- No representa una cesión de rentas nacionales
- Mecanismos para asegurar la correcta utilización
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 141 de 1994.
Art. 10 num. 4 (p.).
Fondo y comision nacional de regalias.
Derecho del estado a percibir regalias por la explotacion de recursos naturales no renovables.
Liquidacion y distribucion.
Mecanismos para asegurar la correcta utilizacion de las participaciones en las regalías y compensaciones.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 141/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "Solicitar que la ejecucion de los proyectos financiados", "de las regiones como entidad territorial, de los departamentos y municipios, segun sea el caso, cuando la entidad territorial beneficiaria de dichas participaciones o compensaciones, directamente o por intermedio de contratos con terceros, este administrando o ejecutando proyectos en forma (...) negligente o sin darle cumplimiento a los terminos y condiciones establecidos en los contratos respectivos", del numeral 4deg del articulo 10deg de la Ley 141 de 1994, salvo las expresiones "irresponsable o" del mismo numeral que se declaran INEXEQUIBLES.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.