Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de septiembre de 1999Sala Plena

C-722 de 1999

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Luis Enrique Olivera Petro

Tema · dato duro
Ley 141/94 Art.789101112 Y 29 Parc. Se Crea El Fondo Nal De Regalias.Estado Puede Percibir Regalias Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Liquidacion Y Distribucion Exequible. Inhibida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comision Nacional De Regalias
  • Conformación Comité Técnico
  • Facultad para distribuir participación en compensaciones y regalías
  • Autorización para comisionar a entidades privadas
  • Conformación
  • Naturaleza
Regalias
  • Naturaleza
10 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 141/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 141/94 «numeral 2»EXEQUIBLE
Art. 11Ley 141/94INHIBITORIO
Art. 12Ley 141/94INHIBITORIO
Art. 29Ley 141/94 «inciso 2»EXEQUIBLE
Art. 7Ley 141/94EXEQUIBLE
Art. 8Ley 141/94 «numeral 7, 9, 10 y 12»EXEQUIBLE
Art. 9Ley 141/94EXEQUIBLE
Art. 120Ley 489/99INEXEQUIBLE
Sobre toda la normaDecreto 1178/99INEXEQUIBLE
9 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. Declarar inexequible el Decreto 1178 del 29 de junio de 1999, proferido por el presidente de la Republica en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por el articulo 120 de la Ley 489 de 1999.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "sin personeria juridica" e "y la administracion de los recursos del Fondo Nacional de Regalias", contenidas en el articulo 7deg de la Ley 141 de 1994.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los numerales 7deg, 9deg, 10deg y 12 del articulo 8deg de la Ley 141 de 1994, y las expresiones "Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Fondo Nacional de Regalias," contenida en el numeral 8deg de dicha norma, y "o comisionar a otras entidades publicas o privadas, cuando asi lo determine" e "y tomar las medidas pertinentes" contenidas en el numeral 11 de la misma disposicion.
  4. Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 9deg de la ley 141 de 1994.
  5. Quinto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Disponer la contratacion de interventorias financieras y administrativas para", contenida en el numeral 2deg del articulo 10deg de la Ley 141 de 1994.
  6. Sexto. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  7. segundo. del articulo 29 de la Ley 141 de 1994.
  8. Septimo. Declararse INHIBIDA de conocer sobre la exequibilidad de los articulos 11 y 12 de la Ley 141 de 1994, por ausencia de formulacion de cargos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.