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Providencias que cita

C-379/16 invoca estas providencias en su argumentación. · 118 en total.

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C-303/10Constitucionalidad2010

Acto Legislativo 01 De 2009 Articulo 1 Paragrafo 1. Prohibicion De La Doble Militancia Y El Transfuguismo Politico

C-293/10Constitucionalidad2010

Control De Constitucionalidad De La Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad

C-141/10Constitucionalidad2010

Ley Que Convoca A Referendo Constitucional Sobre Segunda Reeleccion Presidencial Inmediata

C-177/09Constitucionalidad2009

Inhabilidad Intemporal Para Participar En Concurso Notarial. Procedencia Sólo Por Condena Penal, Disciplinaria O Administrativa Por Conductas Graves Lesivas Del Patrimonio O Por Faltas Como Notario

C-175/09Constitucionalidad2009

Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural

C-068/09Constitucionalidad2009

Prorroga Contrato De Concesion Portuaria. Constituye Una Facultad De La Entidad Estatal Contratante

C-756/08Constitucionalidad2008

Reserva De Ley Estatutaria Para Regular Proceso De Recertificacion De Profesionales De La Salud. Procedencia Por Cuanto La Regulación Afecta El Núcleo Esencial De Los Derechos A Ejercer Profesión Y Al Trabajo De Los Profesionales De La Salud

C-713/08Constitucionalidad2008

Proyecto De Ley Estatutaria De Reforma A La Ley Estatutaria De Administracion De Justicia

C-230/08Constitucionalidad2008

Principio De Unidad De Materia En Ley Antitramites. No Desconocimiento Por Supresión De Participación Del Ministerio De Educación En Consejos Y Juntas Profesionales.

C-1011/08Constitucionalidad2008

Proyecto De Ley Estatutaria De Habeas Data Y Manejo De Informacion Contenida En Bases De Datos Personales

A. 092/08Auto2008

Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Victimas Del Desplazamiento Forzado Por Causa Del Conflicto Armado, En El Marco De La Superacion Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Despues De La Sesion Publica De Informacion Tecnica Realizada El 10 De Mayo De 2007 Ante La Sala Segunda De Revision. Se Adoptan Medidas Comprehensivas Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas Por El Conflicto Armado Y La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Conflicto Armado Y Del Desplazamiento Forzado. Tales Medidas Consisten, Principalmente, En Ordenes De Creacion De Trece (13) Programas Especificos Para Colmar Los Vacios Existentes En La Politica Publica Para La Atencion Del Desplazamiento Forzado Desde La Perspectiva De Las Mujeres, De Manera Tal Que Se Contrarresten Efectivamente Los Riesgos De Genero En El Conflicto Armado Y Las Facetas De Genero Del Desplazamiento Forzado, El Establecimiento De Dos Presunciones Constitucionales Que Amparan A Las Mujeres Desplazadas, La Adopcion De Ordenes Individuales De Proteccion Concreta Para Seiscientas (600) Mujeres Desplazadas En El Pais, Y La Comunicación Al Fiscal General De La Nacion De Numerosos Relatos De Crimenes Sexuales Cometidos En El Marco Del Conflicto Armado Interno Colombiano. Los Riesgos De Genero En El Marco Del Conflicto Armado Colombiano. Deberes Constitucionales Inmediatos Y Urgentes Del Estado Colombiano Frente A La Situacion De Las Mujeres Desplazadas Por La Violencia. Valoracion Juridica Constitucional De Los Riesgos De Genero Especificos Y Las Cargas De Genero Extraordinarias. Medidas De Caracter General A Adoptar Para Proteger Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Desplazadas De Colombia. Los Programas Aluden A La Prevencion Del Impacto De Genero Desproporcionado Del Desplazamiento, Prevencion De La Violencia Sexual Contra La Mujer Desplazada, Prevencion De La Violencia Intrafamiliar Y Comunitaria Contra La Mujer Desplazada, Promocion De La Salud, Apoyo Y Facilitacion Del Acceso A Oportunidades Laborales Y Productivas A Las Jefes De Hogar, Apoyo Educativo A Las Mujeres Mayores De 15 Años, Facilitacion Del Acceso A La Propiedad De La Tierra, Proteccion De Los Derechos De Las Mujeres Indigenas Y Afrodescendientes Desplazadas, Promocion De La Participacion De La Mujer Y Prevencion De La Violencia Contra Mujeres Lideres En El Campo De La Promocion Social, Civica O De Derechos Humanos, Garantia De Los Derechos A La Verdad, Justicia, Reparacion Y A La No Repeticion, Acompañamiento Psicosocial Para Las Mujeres Desplazadas Y Eliminacion De Las Barreras De Acceso Al Sistema De Proteccion Por Las Mujeres Desplazadas. Paralelamente Se Establecen Dos Presunciones Constitucionales Para Que Estas Sean Aplicadas En El Ambito Del Snaipd. 1) La Presuncion Constitucional De Vulnerabilidad E Indefension Acentuada De Las Mujeres Desplazadas. 2) La Presuncion Constitucional De Prorroga Automatica De La Ayuda Humanitaria De Emergencia A Favor De Las Mujeres Desplazadas. Entre Otras Ordenes, Al Constatarse Que La Situacion De Las Mujeres, Jovenes, Niñas Y Adultas Mayores Desplazadas Por El Conflicto Armado En Colombia Constituye Una De Las Manifestaciones Mas Criticas Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004, Por Ser Sujetos De Proteccion Constitucional Multiple Y Reforzada Cuyos Derechos Estan Siendo Vulnerados En Forma Sistematica, Extendida Y Masiva A Lo Largo De Todo El Territorio Nacional, Se Declarara Que Las Autoridades Colombianas A Todo Nivel Estan Bajo La Obligacion Constitucional E Internacional Imperiosa De Actuar En Forma Resuelta Para Prevenir El Impacto Desproporcionado Del Desplazamiento Sobre Las Mujeres, Y Garantizar El Goce Efectivo De Los Derechos Fundamentales De Las Mujeres Que Han Sido Afectadas Por El Desplazamiento. Se Requerira Al Fiscal General De La Nacion Para Que Rinda, Ante Esta Corte, Un Informe Detallado Sobre El Curso Que Se Le Ha Dado A La Informacion Contenida En El Documento Separado Del Que Se Le Corre Traslado, Especificando La Etapa Investigativa O De Juzgamiento En La Que Se Encuentran Los Casos Que Alli Se Relatan. Se Ordena A Accion Social Para Que Diseñe E Implemente Los Trece (13) Programas Enunciados Para Colmar Los Vacios Criticos En La Politica Publica De Atencion Al Desplazamiento Forzado. Se Adoptan Medidas Concretas Frente A Los 600 Casos Expuestos.

A. 081/08Auto2008

Revision De Constitucionalidad Del Proyecto De Ley Estatutaria No. 27/06 Senado – 221/07 Camara (Acum. 05/06 Senado) “por La Cual Se Dictan Disposiciones Generales Del Habeas Data Y Se Regula El Manejo De La Informacion Contenida En Bases De Datos Personales, En Especial La Financiera, Crediticia, Comercial, De Servicios Y La Proveniente De Terceros Paises Y Se Dictan Otras Disposiciones”. El Procedimiento Surtido En El Congreso Respecto Del Proyecto De Ley Estatutaria. Los Requisitos De La Acreditacion Del Anuncio Previo De Discusion Y Votacion De Los Proyectos De Ley. El Requisito De Publicidad Del Procedimiento Legislativo Y Su Relacion Con El Anuncio Previo De La Discusion Y Votacion. Existencia De Un Vicio Subsanable En El Procedimiento Legislativo. Esta Corporacion Arriba A La Conclusion Según La Cual, Durante El Tramite Del Proyecto De Ley Estatutaria En La Plenaria De La Camara De Representantes Se Incurrio En Un Vicio De Procedimiento, Consistente En La Pretermision Del Anuncio Previo De La Discusion Y Votacion Para Una Sesion Futura, A Celebrarse En Una Fecha Determinada O Determinable. Ello, En Razon A Que De Lo Ocurrido En La Sesion Plenaria De La Camara Del 22 De Mayo De 2007 No Puede Concluirse Que Hubo Certeza Acerca De La Sesion En Que Se Realizaria La Discusion Y Aprobacion Del Proyecto De Ley, Que Finalmente No Se Efectuo En La “proxima Sesion”, Correspondiente Al 23 De Mayo Del Mismo Año, Ni Tampoco Se Reitero El Anuncio Previo, De Manera Que Se Rompio La Secuencia Que Debia Mantenerse Para Garantizar La Certeza Sobre La Fecha Del Respectivo Debate Y Votacion De La Iniciativa. Falencia Esta, Que Resulta De Carácter Subsanable, En Razon De La Etapa Del Proceso Legislativo En Que Ocurrio. Se Devuelve A La Presidencia De La Camara De Representantes, El Proyecto De Ley Estatutaria No. 27/06 Senado – 221/07 Camara (Acum. 05/06 Senado), Con El Fin De Que Tramite La Subsanacion Del Vicio De Procedimiento Identificado En Esta Providencia. Se Concede A La Plenaria De La Camara De Representantes El Termino De 30 Dias, Contados A Partir De La Notificacion De Este Auto A La Presidencia De La Misma, Para Que Subsane El Vicio Detectado En Esta Decision, De Conformidad Con Lo Indicado En La Parte Motiva. Una Vez Subsanado El Vicio A Que Se Refiere La Parte Considerativa De Esta Providencia, El Congreso De La Republica Dispondra Hasta El 20 De Junio De 2008 Para Cumplir Las Etapas Posteriores Del Proceso Legislativo. Una Vez Cumplido El Tramite Anterior, La Presidencia Del Congreso Remitira A La Corte El Proyecto De Ley Estatutaria, Junto Con El Expediente Legislativo Correspondiente, Con El Objeto De Decidir Definitivamente Sobre Su Constitucionalidad.

T-391/07Tutela2007
C-809/07Constitucionalidad2007

Sistema De Facturacion Para La Determinacion Oficial De Los Tributos Distritales. Autorización Para Su Establecimiento

C-864/06Constitucionalidad2006

Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Complementacion Economica Can Y Mercosur

C-832/06Constitucionalidad2006

Ley Antitramites. Plazo De Conservación De Libros Y Papeles Del Comerciante

C-576/06Constitucionalidad2006

Control De Constitucionalidad Del Convenio De Estocolmo Sobre Contaminantes Organicos Persistentes

C-453/06Constitucionalidad2006

Ley De Bancadas. Desconocimiento Del Principio De Consecutividad E Identidad Flexible Porque Tema Relativo A Autorización Para Desafiliarse De Partidos Y Movimientos Políticos Fue Introducido En Último Debate

C-370/06Constitucionalidad2006

Inhabilidades Para Ejercer Funciones Publicas Por Sancion Disciplinaria. No Resulta Desproporcionada O Irrazonable Porque Busca La Salvaguarda De La Moralidad Pública

C-238/06Constitucionalidad2006

Ley Estatutaria Sobre Voto De Extranjeros. No Regulación De Temas Relativos Al Desarrollo De Los Derechos Políticos De Extranjeros No Puede Considerarse Como Omisión Del Legislador

A. 311/06Auto2006

Ley 1017 De 2006 Que Aprueba El Convenio Sobre Blanqueo, Deteccion Y Confiscacion De Los Productos De Un Delito. Tramite De Aprobacion De La Ley 1017 De 2006. Se Presenta Un Vicio De Procedimiento Subsanable, Por Lo Que Se Devuelve A La Presidencia De La Camara De Representantes Para Que Se Subsane El Vicio Y Se Exhorta A Los Secretarios Generales De Las Plenarias Y Las Comisiones Del Senado De La Republica Y La Camara De Representantes Para Que Den Cumplimiento Al Requisitos Del Articulo 8o Del Acto Legislativo 01 De 2003 De Manera Clara, Precisa Y Explicita

C-706/05Constitucionalidad2005

Principio De Consecutividad Y Principio De Identidad En El Tramite Legislativo. Vulneración En Norma Derogatoria Que No Fue Objeto De Debate Ni Aprobación En Las Comisiones Conjuntas Terceras Y Cuartas Constitucionales

C-332/05Constitucionalidad2005

Principio De Consecutividad En Acto Legislativo Que Adopto Reforma Politica. Vulneración Al No Tomar La Plenaria Del Senado Una Decisión Explicita En Lo Que Respecta A La Reforma Del Régimen De Inhabilidades De Los Congresistas

C-208/05Constitucionalidad2005

Reforma De La Constitucion Politica Mediante Acto Legislativo. Requisitos Constitucionales Y Legales

C-1153/05Constitucionalidad2005

Campaña De Reeleccion Presidencial En Proyecto De Ley Estatutaria De Garantias Electorales