C-367 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Guillermo Leon Henao Gomez·Demandado Ley 1382 De 2010
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Constitución pluriétnica, multicultural y ecológica
- Procedencia en relación con ley de reforma al Código de Minas que omitió la consulta previa de comunidades indígenas y afrodescendientes para la protección del ambiente
- Alternativa frente a dilemas que plantea una decisión de inconstitucionalidad pura y simple
- Configuración por cuanto omisión constituye una desprotección de valores constitucionales de comunidades indígenas y afrodescendientes
- Cosa juzgada constitucional respecto de la inexequibilidad por exigencia de la realización de consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad en contra de la Ley 1382 de 2010.
Modificatoria de la Ley 685 de 2001.
El demandante sostiene que la norma demandada vulnera varios artículos de la Constitución Política y el Convenio 169 de la OIT, porque no se surtió el trámite de la consulta previa a las comunidades indígenas.
La Corte estima que por haberse resuelto la demanda de la Ley 1382 en la Sentencia C-366/11 sobre el mismo cargo, se configura en el caso concreto el fenómeno de la cosa juzgada constitucional.
Se resuelve ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-366/11 que declaró la inexequibilidad de la ley 1382 de 2010.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 685/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C- 366 de 2011 que por los mismos cargos declaro INEXEQUIBLE la Ley 1382 de 2010 "Por la cual se modifica la Ley 685 de 2001 Codigo de Minas" y que difirio los efectos de la inexequibilidad declarada por el termino de dos (2) anos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de dicha Sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.