C-341 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Juan Carlos Cortes Gonzalez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prestación de servicios vinculados con la seguridad social
- Aplicación del principio pro actione
- Prestación de servicios vinculados con seguridad social por cajas de compensación familiar
- Servicios vinculados con seguridad social
- No vulneración por norma que no concede exclusión tributaria sobre todos los servicios prestados por caja de compensación familiar
- No destino ni utilización para fines diferentes a ellas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Estatuto tributario articulo 476 numerales 3 (parcial) y 8 modificado por el articulo 36 de la ley 788 de 2002.
Se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial y se dictan otras disposiciones.para el demandante las normas acusadas vulneran los articulos 13 48 y 150 constitucionales.analisis sobre los servicios prestados por las cajas de compensacion familiar.
La corte encuentra que el legislador actuando dentro del amplio margen de discrecionalidad con el que cuenta en materia de fijacion de exclusiones tributarias determino que dentro del universo de servicios prestados por las cajas de compensacion familiar unicamente aquellos vinculados con la seguridad social estuviesen excluidos del impuesto sobre las ventas.
Lineas jurisprudenciales en relacion con el cumplimiento de funciones vinculadas con la seguridad social por parte de las cajas de compensacion familiar.exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- DECLARAR EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "de acuerdo con lo previsto en la Ley 100 de 1993", contenida en el numeral 3deg y el numeral 8deg en su totalidad del articulo 36 de la Ley 788 de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.