C-159 de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sebastian Gomez Alarcon Y Otros·Demandado Codigo General Del Proceso, Articulo 419 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter negativo al estar facultado para excluir determinadas etapas procesales y prever mecanismos a utilizar para lograr la exigibilidad judicial de determinada pretensión
- Fijación de las condiciones de acceso a la justicia
- Límites
- No es omnímoda
- Garantiza la tutela judicial efectiva
- Alternativas para la exigibilidad judicial de obligaciones no dinerarias
- Proceso monitorio en obligación contractual, determinada y exigible de mínima cuantía
- Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Límites temporales
- No afecta el hecho que proceso monitorio no prevea obligaciones no dinerarias
- No afecta que legislador limite aplicación del proceso monitorio a obligaciones en dinero
- Definición corresponde al Congreso de la República
- Sometido al desarrollo legal
- Habilitado para imponer diferentes cargas procesales a las partes
- Facultad para establecer diferentes modelos y alternativas de trámites judiciales
- Carácter normativo de la Constitución
- Compatibilidad del trámite judicial con las garantías del debido proceso
- Criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Doble función
- Expresión de la actividad del Estado
- Postura modificada por la Corte Constitucional
- Etapas
- Requieren para su exigibilidad judicial determinada actividad probatoria
- Alcance
- Compatibilidad entre medida legislativa y derecho al debido proceso
- Inexistencia de omisión legislativa relativa
- Criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Inexistencia de tratamiento discriminatorio
- Alcance
- Derecho comparado
- Estructura
- Jurisprudencia constitucional
- No implica entrega de bien o cumplimiento de obligación de hacer o no hacer
- Trámite judicial declarativo especial tendiente a lograr exigibilidad judicial de obligaciones líquidas que no constan en título ejecutivo
- Trámite judicial simplificado que busca facilitar exigibilidad judicial de obligaciones en dinero que no constan en título ejecutivo pero son exigibles, contractuales y de mínima cuantía
- Reiteración de la sentencia C-726 de 2014
- Elementos
- Objeto
- Propósito general
- Requisitos de la demanda
- Vínculo con el derecho al debido proceso
- Existencia según la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Marco para la regulación conformado por los límites al ejercicio de la actividad legislativa
- Facultad no es absoluta
- Protección de carácter material
- Guarda unidad de sentido con alcance dado por el derecho internacional de derechos humanos
- Contenido y alcance
- Corresponde a la potestad de configuración del legislador y no desconoce el derecho de acceso a la administración de justicia y a la tutela
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Mecanismos judiciales para ejecución de obligaciones no dinerarias
- Alcance
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 149 (parcial) del Código General del Proceso.
Los demandantes consideran que el aparte acusado es contrario a los artículos 1, 2, 13 y 229 de la Constitución.
El razonamiento del cargo se basa en considerar que si el legislador previó un procedimiento expedito dirigido a facilitar la exigibilidad judicial de las obligaciones que no constan en un título ejecutivo, no existe ninguna razón para que hubiera restringido la aplicación de este trámite a las obligaciones dinerarias.
La Corte considera que la expresión acusada es compatible con la Carta, debido a que no impone una restricción injustificada al derecho de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva.
Además, porque la decisión de circunscribir el proceso monitorio a las obligaciones en dinero hace parte de la libertad de configuración del legislador, quien previó un instrumento simplificado y ágil de procedimiento que se ajusta a la exigibilidad judicial de las obligaciones líquidas y de naturaleza contractual.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresion "Quien pretenda el pago de una obligacion en dinero", contenida en el articulo 419 del Codigo General del Proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.