Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de octubre de 2000Sala Plena

C-1433 de 2000

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Rosalba Ines Jaramillo Murillo Y Otro

Tema · dato duro
Ley 547 De 1999. Presupuesto De Rentas Capital Y Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal De 2000. Cubrimiento Del Aumento Salarial De Los Servidores Publicos. Ajustes Periodicos Por Inflacion. Incrementos Adicionales Justificados. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Deberes Constitucionales
  • Omisión
  • Conservación e incremento salarial
  • Incumplimiento
Deberes Juridicos
  • Omisión
  • Incumplimiento
Inflacion
  • Congelación de salarios
  • Control
Ley Marco De Regimen Salarial Y Prestacional
  • Conservación e incremento
  • Constitucionalización
  • Criterios de fijación
  • Incremento anual
  • Deber jurídico de incremento anual
Interpretacion Sistematica
  • Criterios de fijación salarial
Omisión Legislativa Relativa
  • Establecimiento directo por el Constituyente
Principio De Solidaridad
  • Efecto de medidas respecto del conjunto de la sociedad
Salario
  • Pérdida de poder adquisitivo
  • Actualización
  • Actualización no constituye incremento
  • Deuda de valor
Deberes Del Estado En Materia Salarial
  • Conservación e incremento emanan de la Constitución
Deberes Del Estado
  • Emanación de la Constitución
Ley Anual De Presupuesto
  • Iniciativa privilegiada del Ejecutivo en proyecto
Presidente De La Republica
  • Función de obedecer y velar por el cumplimiento de la ley
Principio De Igualdad
  • Proyección y extensión diferente
Salario Movil
  • Indeterminación
20 temas · 31 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 547/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 547/99INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DECLARAR que en el artículo 2 de la ley 547 de 2000 se incurrió por el Congreso en el incumplimiento de un deber jurídico, emanado de las normas de la Constitución señaladas en la parte motiva de esta sentencia y, específicamente, de los artículos 53 y 150, numeral 19 literal e), así como del artículo 4º de la ley 4ª de 1992.
  2. Segundo. En los términos de la parte motiva, declarar la EXEQUIBILIDAD del mencionado artículo, salvo en cuanto se omitió el mencionado deber jurídico, en lo relativo al ajuste salarial de los servidores públicos por el año 2000, en lo cual es INEXEQUIBLE.
  3. Tercero. PONER en conocimiento del señor Presidente de la República y del H. Congreso de la República la decisión contenida en la presente sentencia, para que dentro de la órbita de sus competencias constitucionales, cumplan con el deber jurídico omitido, antes de la expiración de la presente vigencia fiscal, con arreglo a lo consignado en su parte motiva.
  4. Cuarto. Ordenar que se comunique la presente decisión, además, al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.
  5. Notifíquese, cópiese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.