C-120 de 2006
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Jairo Enrique Ruge Ramirez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No rigidez
- Necesidad de establecer el núcleo temático de la ley de la cual hace parte la norma acusada
- Vulneración constituye vicio de fondo
- Desconocimiento al regular materia relacionada con derechos de autor
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 962 de 2005 articulo 84.
Se dictan disposiciones sobre racionalizacion de tramites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del estado y los particulares que ejercen funciones publicas o prestan servicios publicos.
Que no se considera ejecucion publica.
Para el demandante la norma acusada vulnera el articulo 61 superior y el principio de unidad de materia consagrado en el articulo 158 constitucional.
Unidad de materia en ley antitrámites.
El examen de constitucionalidad sobre la norma en referencia al tema de unidad de materia debe conducir a expresar que conforme los antecedentes legislativos la ley 962 de 2005 poseía desde el mismo inicio del debate un tema indubitable que se concentró en la fijación de medidas claras para conceder los términos más perentorios a la administración pública con el fin de asegurar la eficacia en los trámites que los particulares adelanten ante la administración y los particulares que ejerzan funciones públicas o presten servicios públicos.
La falta de unidad de materia fue advertida en el mismo trámite legislativo de la ley.
Esta corporación acoge el argumento presentado por el señor procurador general de la nación en tanto aboga por la inexequibilidad de la norma por carencia del principio de unidad de materia.
Inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 962/05. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE, por los cargos analizados, el artículo 84 de la Ley 962 de 2005, "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos"
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.