C-1177 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Antonio Eduardo Bohorquez Collazos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Función técnica y no política ni de gestión administrativa
- Finalidad
- Vulneración de igualdad por generalidad de excepción
- Propósitos constitucionales
- Excepciones
- Consideraciones a reunir
- Criterio funcional o material de clasificación
- Criterio orgánico de clasificación
- Criterio subjetivo de la confianza para clasificación
- Criterios admisibles para clasificación
- Confianza cualificada en servicio asistencial y de apoyo
- Criterio plural de evaluación del contenido
- Funciones asistenciales o de apoyo a gobernadores y alcaldes
- Inconstitucionalidad de funciones asistenciales o de apoyo a contralor y personero
- Ausencia de concepto de vulneración
- Inexistencia de omisión legislativa por interpretación incorrecta de norma
- Límites a establecimiento de excepciones
- Consideraciones a reunir atribución exceptiva
- Discriminaciones en establecimiento de excepciones
- Excepciones
- Falta de integración
- Naturaleza jurídica
- Criterio plural de evaluación del contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 443 de 1998.
Art. 5 lit.
B) num. 2 y 39.
Derechos del empleado de carrera administrativa en caso de supresion del cargo.
Incorporacion.
Clasificacion de empleos.
Libre nombramiento y remocion de confianza asistenciales o de apoyo.
Gobernador y alcalde
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 443/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD del literal b) del numeral 2o. del articulo 5o. de la Ley 443 de 1998, en cuanto la norma senala que constituyen cargos de libre nombramiento y remocion aquellos empleos de cualquier nivel jerarquico cuyo ejercicio implica confianza, que tengan asignadas funciones asistenciales o de apoyo que esten al servicio directo e inmediato en la administracion central del nivel territorial, siempre y cuando tales empleos se encuentren adscritos a los despachos del gobernador, alcalde distrital, municipal y local, por razon de los cargos analizados en esta providencia.
- Segundo. Declarar la INEXEQUIBILIDAD del literal b) del numeral 2o. del articulo 5o. de la Ley 443 de 1998, en cuanto a la regla de derecho que establece que constituyen cargos de libre nombramiento y remocion aquellos empleos de cualquier nivel jerarquico cuyo ejercicio implica confianza, que tengan asignadas funciones asistenciales o de apoyo, que esten al servicio directo e inmediato, en los organos de control del nivel territorial, siempre y cuando tales empleos se encuentren adscritos al despacho del contralor y del personero.
- Tercero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse en relacion con los cuestionamientos efectuados al inciso
- primero. del articulo 39 de la Ley 443 de 1998, y a la expresion "incorporacion" contenida en distintos apartes de ese mismo articulo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.