C-109 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Javier Tovar Chauta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Autonomía
- Independencia
- Norma transitoria sobre procedimiento de designación de sus miembros
- Condiciones
- No configuración
- Procedencia
- Concepto
- Objeto
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 909 de 2004 articulo 9 (parcial).
Se expiden normas que regulan el empleo publico la carrera administrativa gerencia publica y se dictan otras disposiciones.
Procedimiento para la designacion de los miembros de la comision nacional del servicio civil y periodo de desempeño.
A juicio del actor los apartes acusados del paragrafo transitorio del articulo 9 de la ley 909 de 2004 violan el articulo 130 de la constitucion y el principio constitucional de cosa juzgada.
Examen de la competencia de la corte constitucional para emitir un pronunciamiento de fondo sobre el paragrafo transitorio del articulo 9 de la ley 909 de 2004.
Le corresponde a la corte emitir un pronunciamiento de fondo a pesar de que el objeto de la demanda recaiga sobre una disposicion normativa de carácter transitorio.
No ha operado el efecto de la cosa juzgada material.
Unidad normativa.
Naturaleza y carácter de la comision nacional del servicio civil.
Redefinicion de la comision nacional del servicio civil y su conformacion ajustada a los principios constitucionales.
Justificacion constitucional del paragrafo transitorio del articulo 9 de la ley 909 de 2004.
Exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 909/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos estudiados, el paragrafo transitorio del articulo 9 de la Ley 909 de 2004.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.