T-964 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Bernardo Ortiz Otero·Demandado Mundial De Cobranzas Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental y características propias
- Protección
- Orden de retirar reporte que se hizo a DATACREDITO
- Término de permanencia de cuatro (4) años contados a partir del momento en que se extinga la obligación por cualquier modo
- Límite temporal del dato negativo en los casos en los que la obligación no se ha cumplido
- Divulgación de información debe ser autorizada por el titular de la misma
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Habeas data.
El accionante fue reportado a la central de riesgos por una obligación, que según él ya se encuentra prescrita, por lo tanto solicita se oficie a DATACREDITO a reiterar su nombre en la central de riesgo.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra particulares para proteger el derecho fundamental al habeas data, el habeas data, el principio de autorización de la administración de los datos personales, el límite temporal del dato negativo en los casos en los que la obligación no se ha cumplido, se concluye que los derechos del actor fueron vulnerados ya que el acreedor no demostró la existencia de autorización por parte del actor para incluir posibles reportes negativos a las bases de datos, por lo tanto se ordena retirar el reporte de la obligación referida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el dia treinta (30) de junio de dos mil diez (2010), por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Pereira, Risaralda, que ordeno revocar el fallo de primera instancia que ordenaba la eliminacion del dato negativo de la central de riesgo DATACREDITO del senor BERNARDO ORTIZ OTERO.
- Segundo. CONFIRMAR el amparo judicial de los derechos fundamentales a la intimidad, al habeas data y al buen nombre del ciudadano BERNARDO ORTIZ OTERO ordenado por el juez de primera instancia. En consecuencia ORDENAR a la empresa MUNDIAL DE COBRANZAS LTDA. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion del presente fallo, retire el reporte que de la obligacion referida en el presente proceso se hizo a DATACREDITO.
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.