T-923 de 2006
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Victor Manuel Ayala Garcia Vs. Juzgado Noveno Civil Municipal De Cucuta Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Al analizar requisitos de configuración de temeridad deberá en todo caso presumir buena fe de peticionario
- Requisitos para que se configure
- Identidad de actor
- Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
- Segunda tutela está motivada por condiciones de habitabilidad de casa que cónyuges ocupan conjuntamente
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Grave amenaza por inadecuada conexión de redes de gas y electricidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la salud y la integridad fisica de residente en edificio de apartamentos en la ciudad de cucuta que entablo accion redhibitoria por vicios ocultos en el contrato de compraventa del apartamento a quien le fue decretada la prescripcion de la accion redhibitoria en aplicación de la legislacion comercial y no la civil.
En el apartamento se presentan olores nauseabundos pesimas instalaciones en las redes electricas y de gas y deficiencias en los ascensores.
La conyuge del accionante ya habia interpuesto accion de tutela por los mismos hechos.estudio de la eventual temeridad de la acción presentada por la cónyuge del actor el día 15 de noviembre de 2005.
Hechos que dieron lugar a la segunda acción de tutela presentada objeto de la presente decisión.
La temeridad en la acción de tutela.
Requisitos para configuración de la temeridad.
Presunción de buena fe.
Procedencia de la acción de tutela.
Existencia de otro medio de defensa judicial y tutela como mecanismo transitorio ante la existencia de un perjuicio irremediable.parece claro que aún subsiste la amenaza de accidente en el inmueble del actor por la inadecuada conexión de las redes de servicios públicos.
Sin embargo esta amenaza debe ser conjurada a través de las autoridades administrativas que se encuentran en capacidad de desplazarse al lugar conocer en detalle la situación y adoptar la decisión que de mejor manera logre armonizar los derechos del actor y de su núcleo familiar.concedida parcialmente
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito de Cúcuta y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que resolvieron la acción de tutela promovida por Víctor Manuel Ayala García. En consecuencia, conceder parcialmente, la acción interpuesta y tutelar los derechos a la vida, a la salud y a la integridad física del actor amenazados por la inadecuada conexión de los ductos del gas y las líneas eléctricas del edificio Diana Carolina de Cúcuta.
- Segundo. ORDENAR a la Superintendencia de Servicios Públicos que dentro del término máximo de 15 días adopte las medidas necesarias para conjurar la amenaza presentada por la inadecuada instalación de redes eléctricas y ductos de gas de que trata la presente providencia, y para que adelante las investigaciones a que den lugar los hechos mencionados.
- Tercero. SE ORDENA compulsar copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que adelanten investigaciones sobre las posibles irregularidades presentadas con la licencia y construcción del edificio Diana Carolina de Cúcuta.
- Cuarto. SE ORDENA compulsar copias de la sentencia a la Personería Municipal de Cúcuta para que adelante las gestiones de asistencia requeridas por el actor para la defensa judicial de sus derechos.
- Quinto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.