Sentencia de Tutela11 de octubre de 2002
T-868 de 2002
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Eleanor Roys Cotes Vs. Juzgado 5 Penal Del Circuito De Cartagena
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Libertad. Via De Hecho En Sentencias Judiciales. Solicitud Rebaja Monto De La Caucion Prendaria. Proceso Penal Por Trafico De Estupefacientes. Cosa Juzgada Formal Y Material. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia para reemplazar recursos no utilizados
Principio De Favorabilidad Penal
- Aplicación para rebaja de caución
Via De Hecho
- Inexistencia por cuanto el juez actuó diligentemente al momento de expedir la providencia
- Defecto sustantivo
- Negativa de rebaja del monto de caución prendaria
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
- Procedencia excepcional por vía de hecho
Caucion Prendaria En Materia Penal
- Monto mínimo
Caucion Prendaria Para Libertad Provisional
- Capacidad económica por debajo de cuantía mínima
Principio De Igualdad En Caucion Prendaria Para Libertad Provisional
- Cuantía mínima desconoce realidad económica y social
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, mediante la cual se nego por improcedente la tutela solicitada por ELEANOR ROYS COTES contra el JUZGADO
- QUINTO. PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA. En su lugar, amparar el derecho al debido proceso y a la libertad.
- Segundo. Ordenar al JUEZ
- QUINTO. PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA resolverle favorablemente a ELEANOR ROYS COTES la peticion formulada sobre rebaja de la caucion, teniendo en cuenta que ya no hay caucion prendaria minima, y que por tanto, debe conceder el pedimento bajo el monto que las condiciones personales y economicas de la actora ameriten, segun su prudente juicio y discernimiento.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
C-316/02Caucion Prendaria Para Libertad Provisional. Cuantía Mínima No Consulta Condiciones Sociales Y Económicas Del País Y Desconoce Igualdad Real Y EfectivaSU.014/01Derecho A La Circulacion De La Informacion Debido Proceso Y Defensa. Solicitud Nulidad De Todo Lo Actuado Y De Sentencia Proferida. Via De Hecho. Deber De Notificacion. Habeas Data. Concedida.T-294/99Debido Proceso. Via De Hecho. Improcedencia De Tutela Contra Laudos Arbitrales. Negada.SU.087/99Debido Proceso. Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. No Practica De Pruebas. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-654/98Debido Proceso. Via De Hecho Por Vulneracion Del Der. De Defensa De Un Sindicado De Homicidio. Concedida.T-608/98Improcedencia De La Tutela Contra Vias De Hecho Cuando Existe Otro Medio De Defensa Judicial. Controversia De Laudo Arbitral. Negada.
Ver las 18 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.