Sentencia de Tutela4 de octubre de 2002
T-823 de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Adriana Janet Carmona Velez Vs. Hospital Marco Fidel Suarez De Bello Antioquia
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Integridad Fisica Vida Libre Desarrollo De La Personalidad Y Libertad De Cultos De Testigo De Jehova. Negativa A Practica Cirugia De Calculos Y Transfusion Sanguinea. No Responsabilidad Medica Por Falta De Consentimiento. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Corte Constitucional
- Derecho a la vida equivale a existencia biológica
Derecho A La Vida
- Inviolabilidad
- No es superior al resto de los demás derechos
Derecho Constitucional
- No existe supremacía de alguno sobre los demás
Estado
- No debe definir como una persona debe valorar su vida
Libertad Religiosa
- Coherencia entre el mundo interior y su proyección externa
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la Sentencia del dieciseis (16) de julio de 2001, proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Bello, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
- Segundo. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-925/01Derechos A La Vida Salud Y Seguridad Social. No Se Realiza Cirugía De Hernias Umbilicales Hasta Tanto La Paciente No Baje De Peso. Se Deben Seguir Las Prescripciones Medicas. Negada.SU.337/99Der. A La Identidad Sexual. Der. A La Igualdad. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Hermafrodita. Concedida Parcialmente.T-588/98Objecion De Conciencia En El Campo Educativo. Obligacion De Realizar Ejecucion De Ritmos Que Les Prohibe La Iglesia Pentecostal. Concedida.T-263/98Der. A La Honra. Der. Al Buen Nombre. Tutela Contra Ministro Religioso. Limites Constitucionales Del Discurso Religioso. Concedida.T-474/96Der. A La Vida Y A La Salud. Participacion De Los Padres En Tratamientos Medicos De Sus Hijos. Testigo De Jehova.Concedida Parcial.T-151/96Secreto Profesional. Der. Del Paciente A Conocer El Tratamiento. Medio De Defensa Judicial. Negada.
Ver las 14 →Citada por42
SU.059/24Principio De Laicidad, De Confianza Legítima Y Autonomía Universitaria-Libertad Religiosa, De Conciencia Y De Cultos. Derecho A La Igualdad En Los Centros Oficiales De Educación SuperiorT-218/22Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado- Derecho Al Diagnóstico Y Al Tratamiento Médico En Los Procesos De Reasignación De Sexo Y De Afirmación De Identidad De Género De Menores De Edad.T-391/21Derecho Al Trabajo Frente Al Derecho A La Libertad Religiosa Y De Cultos-Despido Por Práctica Religiosa Del SabathT-130/21Debido Proceso, Mínimo Vital Y Derecho A La Salud De Miembro De Comunidad ReligiosaT-083/21Derecho A La Libertad Religiosa Frente Al Derecho A La Salud De Testigo De Jehova. Tratamientos Alternativos A Las Transfusiones De Sangre O De Sus Cuatro Componentes PrincipalesT-236/20Garantia Por Eps De Tratamientos Y Procedimientos Medicos Como Parte Del Proceso Integral De Construccion Y Afirmacion De Identidad De Genero De Personas Transgenero.
Ver las 42 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.