Micelio
Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2003

T-822 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Cayetano Delgado Y Otros Vs. Fondo Nacional Del Ahorro

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Reliquidacion Y Redenominacion De Creditos En Moneda Legal A Uvr. Modificacion Unilateral A Prestamos De Vivienda De Interes Social. Deber De Informacion A Deudores. Situacion De Indefension. Posicion Dominante. Aplicar Sentenci
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Informacion Y Debido Proceso
  • Vulneración por información insuficiente
Derecho A La Informacion
  • Redenominación de créditos hipotecarios
Fondo Nacional Del Ahorro
  • Deber de informar a usuarios la redenominación de créditos hipotecarios
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. CONCEDER las tutelas interpuestas por los senores Cayetano Delgado, Maria Avila de Gomez , Hernando Pena, Darcy Garcia, Jesus Alberto Zuniga Guzman, en contra del Fondo Nacional de Ahorro, por violacion al debido proceso en la reliquidacion y redenominacion de los creditos de los accionantes. En consecuencia se decide:
  2. a. En la tutela T-704631, REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogota, el 24 de enero de 2003, que nego el amparo solicitado.
  3. b. En la tutela T-705304 REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 39 Penal del Circuito de Bogota, el 15 de noviembre de 2002 y por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota. D.C., el 18 de diciembre de 2002, que declararon improcedente la accion.
  4. c. En la tutela T-737827 REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogota, el 3 de abril de 2003, que nego el amparo.
  5. d. En la tutela T-739028, REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 18 Penal del Circuito de Bogota, el 6 de febrero de 2003, y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, el 21 de marzo de 2003, que negaron la tutela.
  6. e. En la tutela T-731448 REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 8deg Penal del Circuito de Cali, el 24 de febrero de 2003, que declaro improcedente la accion.
  7. SEGUNDO. En su lugar, ORDENAR que en los cinco casos relacionados en el punto anterior, el Fondo Nacional de Ahorro, dentro del mes siguiente a la notificacion de la sentencia, informe a los cinco deudores de vivienda que interpusieron las tutelas, su situacion, relacionando con claridad, certeza y de manera comprensible los procedimientos de reliquidacion y redenominacion de creditos, a fin de que a los deudores se les permita formular reclamos, solicitar y presentar pruebas e interponer recursos; todo ello de acuerdo con las normas legales, la sentencia C-955 de 2000 y las Circulares de la Superintendencia Bancaria, como se indico en la parte motiva del presente fallo.
  8. TERCERO. ENVIAR copia de la presente sentencia a la Superintendencia Bancaria y a la Defensoria del Pueblo para que adopten las medidas que estimen pertinentes; lo cual no impide que quienes fueron jueces de primera instancia en las respectivas tutelas, tramiten el cumplimiento del fallo y, si fuere del caso, los correspondientes desacatos si a ello hubiere lugar.
  9. CUARTO. Por secretaria de la Corporacion se dara cumplimiento a lo estipulado en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.