T-809 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Julia Myriam Castillo Granados Vs. Tribunal Superior De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Evolución jurisprudencial
- Alcance y límites cuando una institución pública ha decidido suprimir planta de personal
- Se debe partir del análisis de supuestos de hecho y de derecho semejantes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad al trabajo al minimo vital al acceso a la administración de justicia a la asociación sindical y al debido proceso de empleada de la asamblea de cundinamarca fundadora del sindicato sindecun a quien le fue suprimido su cargo por decisión de la asamblea departamental y el tribunal decidio dentro del proceso de fuero circunstancial y reintegro absolver al departamento y la asamblea acogiendo sentencias de las que se conluye que incluso en el caso de que exista fuero sindical no se puiede exigir el reintegro a un cargo en el servicio publico cuando este ha sido suprimido por causa de una reestructuracion.
Solicita se ordene su reintegro y el pago de las indemnizaciones correspondientes.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra acciones u omisiones judiciales.
Los alcances y limites del fuero sindical cuando el sindicato es creado luego de que una institución publica ha decidido de acuerdo con el ordenamiento jurídico existente suprimir su planta de personal.
En la situación que se analiza de despido de la actora no se perseguia destruir la organización sindical ni perseguir a los trabajadores afiliados al sindicato.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Levantar la suspension de terminos ordenada mediante el auto del dia 27 de mayo de 2005.
- SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo proferido el 2 de febrero de 2005, por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el cual se nego el amparo impetrado por Julia Myriam Castillo Granados en contra de la sentencia dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota, el dia 31 de agosto de 2004.
- TERCERO. Ordenar a la Secretaria General la devolucion al Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito del expediente del proceso de fuero sindical - reintegro instaurado por Myriam Castillo de Granados contra el Departamento de Cundinamarca y la Asamblea Departamental de Cundinamarca.
- CUARTO. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, la Secretaria de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- QUINTO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.