Micelio
Sentencia de Tutela31 de julio de 2001

T-797 de 2001

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Miriam Ramirez Vs. Sanitas·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Suministro Tratamiento De Dialisis. Enfermedad Ruinosa O Catastrofica. Periodo Minimo De Cotizacion. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Repeticion Contra Entidad Promotora De Salud
  • Suministro de tratamiento de alto costo sin cumplir periodo mínimo de cotización
Derecho A La Salud
  • Periodo mínimo de cotización por enfermedad de alto costo
  • Tratamiento de diálisis
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Tulua, de fecha marzo 7 de 2001. En consecuencia, TUTELAR los derechos a la salud y a la vida de la senora Miriam Ramirez, por las razones expuestas.
  3. Segundo. ORDENAR a la E.P.S SANITAS que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, programe y realice las dialisis y demas tratamientos que pueda requerir la accionante con ocasion de su enfermedad.
  4. Tercero. COLSANITAS E.P.S. podra repetir en contra el Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud y reclamar solamente los sobrecostos que debio asumir con ocasion del mencionado tratamiento.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.