Sentencia de Tutela31 de julio de 2001
T-797 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Miriam Ramirez Vs. Sanitas·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Suministro Tratamiento De Dialisis. Enfermedad Ruinosa O Catastrofica. Periodo Minimo De Cotizacion. Accion De Repeticion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Repeticion Contra Entidad Promotora De Salud
- Suministro de tratamiento de alto costo sin cumplir periodo mínimo de cotización
Derecho A La Salud
- Periodo mínimo de cotización por enfermedad de alto costo
- Tratamiento de diálisis
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Tulua, de fecha marzo 7 de 2001. En consecuencia, TUTELAR los derechos a la salud y a la vida de la senora Miriam Ramirez, por las razones expuestas.
- Segundo. ORDENAR a la E.P.S SANITAS que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, programe y realice las dialisis y demas tratamientos que pueda requerir la accionante con ocasion de su enfermedad.
- Tercero. COLSANITAS E.P.S. podra repetir en contra el Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud y reclamar solamente los sobrecostos que debio asumir con ocasion del mencionado tratamiento.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-693/01Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Solicitud De Tratamiento De Hemodialisis. Procedencia Excepcional Por Ser Una Enfermedad Catastrofica O Ruinosa Asi No Se Cumpla Con El Minimo De Semanas De Cotizacion. Concedida.T-875/99Derecho A La Vida A La Salud. Tratamiento De Dialisis. Enfermedades Catastroficas O Ruinosas. Iss. Periodos Minimos De Cotizaciones. Atencion Sin Condicionar Pago. Concedida.T-419/98Der. A La Vida Y A La Salud. I.S.S. Tratamiento De Dialisis Sin Tener El Total De Semanas Cotizadas. Repeticion Contra El Estado. Concedida.T-395/98Der. De Peticion. Der. A La Salud. Solicitud De Traslado Al Exterior Para Tratamiento Medico. Enfermedad De La Voz De Locutora. Concedida Parcial.T-370/98Der. A La Salud. Der. A La Vida. Tratamiento De Dialisis Por E.P.S. Unimec Y Hospital San Jose. Concedida.C-112/98Ley 100/93. Art. 164 Inc. 2 Y Art. 169 Inc. 1 Parcial. Preexistencias. Acceso A La Prestacion De Servicios De Alto Costo. Planes Complementarios. Exequibles.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.