T-733 de 2011
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Tarsicio De Jesus Santana Buitrago Y Otro·Demandado Sala Laboral Del Tribunal Superior De Bogota Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Por omisión en el decreto y práctica de pruebas
- Fundamento de la intervención del juez de tutela
- Modalidades
- Dimensión negativa y positiva
- Improcedencia por desvinculación después de la ejecutoria de la decisión que negó inscripción del sindicato en registro sindical
- Protección reforzada de las directivas de organizaciones de trabajadores
- Bloque de constitucionalidad
- Derecho fundamental
- Empleador debe someter a calificación judicial la decisión de desmejora o despido de miembros aforados
- Restricción para miembros de la fuerza pública
- Rige desde el momento de la constitución del sindicato
- Garantía, finalidad y requisitos
- Defecto fáctico
- Reconocimiento automático de la personería jurídica
- Inscripción efectiva en el registro sindical como presupuesto de existencia
- Desacuerdo con las causales especiales de procedibilidad referidas en sentencia C-590/05
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Desconocimiento del precedente judicial
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Sindicato solo podrá actuar válidamente frente a terceros a partir de la inscripción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, acceso a la administración de justicia, asociación sindical.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
Los accionantes alegan que la empresa Alpina Productos Alimenticios S.A., decidió dar por terminados los contratos de trabajo suscritos con ellos, de forma unilateral y a pesar de que para el momento del despido se encontraban amparados por fuero sindical en calidad de adherentes y, que para que procedieran los despidos debía mediar autorización previa del juez laboral.
Las autoridades de instancia negaron el amparo solicitado, aduciendo que la desvinculación se produjo después de la ejecutoria de la decisión que negó la inscripción del sindicato al que se habían adherido los actores.
La Sala concluye que los despachos judiciales demandados no incurrieron en un comportamiento constitutivo de una vida de hecho, ya que al no existir el sindicato al momento del despido, como consecuencia de la no inscripción en el registro sindical, los accionantes no gozaban del fuero sindical alegado.
NEGADA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. LEVANTAR la suspension de terminos procesales decretada mediante auto de fecha 28 de agosto de 2009.
- Segundo. CONFIRMAR la decision proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de las acciones de tutela de la referencia.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a la que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.