Sentencia de Tutela12 de junio de 2000
T-694 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Luz Marina Zamora De Home
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Via De Hecho Por Indebida Valoracion Probatoria Y Omision En El Tramite De Una Nulidad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Fiscalia
- Indebida preclusión de investigación
Principio De La Doble Instancia
- Alcance
- Naturaleza
Via De Hecho
- Alcance
- Omisión en trámite de nulidad
Acción De Tutela
- Error en juicio valorativo debe ser flagrante y ostensible
- Procedencia por omisión injustificada de Fiscal
Debido Proceso
- Vulneración
- Vulneración por omisión del funcionario de dar respuesta a una solicitud de pruebas
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
- Parte civil en proceso penal
Recurso De Apelacion
- Instrumento para remediar errores judiciales
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
- Procedencia excepcional
9 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 13 de octubre de 1999, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y, en su lugar, CONCEDER la tutela para la protección del derecho al debido proceso de LUZ MARINA ZAMORA DE HOME, vulnerado por la actitud omisiva de la Fiscalía Delegada ante los Tribunales Superiores de Santa Fe de Bogotá y Cundinamarca.
- Segundo. ORDENAR a la Fiscalía Delegada ante los Tribunales Superiores de Santa Fe de Bogotá y Cundinamarca, que en el término de 48 horas proceda a solicitar el envío inmediato del expediente penal archivado, a fin de que, en un lapso no mayor a 15 días hábiles, resuelva la solicitud de nulidad interpuesta por LUZ MARINA ZAMORA DE HOME, contra lo actuado, incluso, desde la providencia de 28 de mayo de 1999, mediante la cual el Fiscal 142 resolvió la situación jurídica del señor Jairo Alexis Christian Castro.
- Tercero. Requerir a los funcionarios competentes de la Fiscalía General de la Nación para que surtan con prontitud, eficacia y respeto por el debido proceso, las diligencias necesarias para adelantar la investigación penal que dio origen a la presente acción de tutela.
- Cuarto. Compulsar copias al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Disciplinaria, para lo de su competencia.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
SU.087/99Debido Proceso. Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. No Practica De Pruebas. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-083/98Debido Proceso. Principio De La Doble Instancia En Proceso Laboral Ordinario. Inactividad Procesal De Las Partes En Procesos Laborales Ordinarios. Via De Hecho. Negada.T-008/98Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 026a/98.T-055/97Sancion Impuesta Por La Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura. Inexistencia De Via De Hecho. Negada.C-037/96Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles.C-017/96Ley 4/90. Art. 22 Parcial. Proc. Delegada Para Los Ders. Humanos. Regimen Disciplinario Y Fuero Disciplinario. Exequible Salvo Una Expresion.
Ver las 18 →Citada por64
SU.036/18Debido Proceso, Defensa Y Acceso A La Administracion De Justicia De Terceros De Buena Fe A Quienes Se Les Cancelo Registro De Tradicion De Inmueble Por Condena Penal De Vendedores.T-561/17Derecho A La Ayuda Humanitaria De Poblacion DesplazadaSU.406/16Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por No Existir Defectos Procedimental Absoluto Y Sustantivo En Proceso Ejecutivo.T-414/15Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Vulneracion Al Debido Proceso En Proceso De Lanzamiento Por Ocupacion De Hecho De Comunidad Negra.T-059/15Tutela de 2015SU.240/15Unificación de 2015
Ver las 64 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.