Micelio
Sentencia de Tutela12 de febrero de 2015

T-059 de 2015

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Juez Segundo De Familia De Neiva·Demandado Tribunal Superior De Neiva Sala Civil Familia Laboral Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Providencia Judicial Que Resuelve Incidente De Desacato
  • Improcedencia por cuanto providencias que sancionaron por desacato al actor, no incurrieron en ninguna causal específica de procedibilidad
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos para que prospere
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, defensa, presunción de inocencia.

Tutela contra providencia judicial.

El actor, en su condición de Juez, solicita la protección de los derechos que considera vulnerados por las Corporaciones judiciales demandadas, como consecuencia de los defectos sustantivo, fáctico y procedimental en los que habrían incurrido al momento de proferir la sanción por desacato tanto en primera instancia, como en el grado jurisdiccional de consulta.

La razón por la cual se sancionó al juez, según exponen las sentencias atacadas, fue la renuencia en acatar fallos de tutela en los cuales se le ordenó rehacer la actuación por él adelantada dentro de un proceso de restablecimiento de derechos de tres menores de edad, lo que además incluía resolver si los niños se encontraban o no en situación de adoptabilidad.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

Jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.

La posibilidad de interponer una acción de tutela contra los fallos que resuelven el incidente de desacato y, 3º.

La cosa juzgada constitucional que ampara a las decisiones de tutela que se encuentran en firme.

Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON la protección invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. decision, sin que se observe capricho o arbitrariedad de su parte, habida cuenta que el llano desacuerdo respecto de la valoracion de los elementos de prueba allegados al tramite incidental cuestionado, carece de entidad para tachar la determinacion como via de hecho, pues el principio de autonomia de la funcion jurisdiccional impide al juez de tutela inmiscuirse en una providencia como la cuestionada solo porque el accionante no la comparte o tiene una comprension diversa a la que se concreto en tal pronunciamiento"14.
  2. V. Pruebas relevantes que obran en el expediente
  3. 5.1. Copia del expediente de restablecimiento de derechos de los menores, llevado a cabo por el Juzgado
  4. Segundo. de Familia de Neiva Huila.
  5. 5.2. Copia del expediente de la accion de tutela interpuesta por la Defensora de Familia del Centro Zonal La Gaitana ICBF CAIVAS-Regional Huila, en representacion de los menores; contra el Juzgado
  6. Segundo. de Familia de Neiva.
  7. 5.3. Copia del tramite incidental, promovido por la Defensora de Familia del Centro Zonal La Gaitana ICBF CAIVAS-Regional Huila, en representacion de los menores; contra el Juez
  8. Segundo. de Familia de Neiva, por no haber acatado las ordenes dadas por el Tribunal de Neiva, en el fallo de tutela del 15 de marzo de 2013, que fueron en su integridad confirmadas por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del ocho de mayo de 2013.
  9. VI. Actuaciones surtidas en sede de revision
  10. 6.1. En la
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.