T-675 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Zoraida Rosas Martinez Actuando Como Agente Oficiosa Vs. Salud Total
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fallecimiento del actor
- Carencia actual de objeto
- No se vulneró el principio de inmediatez
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Protección constitucional
- Casos en que procede
- Atención médica integral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en condiciones dignas y justas la salud la seguridad social y la integridad personal de beneficiaria que padece osteoporosis y a quien la entidad se niega a suministrarle los medicamentos requeridos para tratar los dolores y padecimientos originados de su enfermedad aduciendo que se tratan de medicamentos excluidos del pos.solicita se ordene el suministro de los medicamentos asi se encuentren por fuera del pos.carencia actual de objeto por fallecimiento de la demandante.
El derecho a la salud y su proteccion por via de tutela en el caso de los mayores adultos o personas de la tercera edad.
Suministro de medicamentos excluidos del pos.
Caracter integral de la prestacion del servicio de salud.
Alcance de las ordenes de tutela que reconocen dicha prestacion.carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez
- Quinto. Civil del Circuito de Bucaramanga y en su lugar CONFIRMAR el fallo proferido por el Juez Once Civil Municipal de Bucaramanga en los terminos de la presente providencia.
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, por el fallecimiento de la demandante dentro del tramite de revision de la presente tutela.
- Tercero. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.