Micelio
Sentencia de Tutela30 de agosto de 2007

T-675 de 2007

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Zoraida Rosas Martinez Actuando Como Agente Oficiosa Vs. Salud Total

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Fallecimiento del actor
  • Carencia actual de objeto
  • No se vulneró el principio de inmediatez
Derecho A La Salud
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
  • Protección constitucional
Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Atención médica integral
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida en condiciones dignas y justas la salud la seguridad social y la integridad personal de beneficiaria que padece osteoporosis y a quien la entidad se niega a suministrarle los medicamentos requeridos para tratar los dolores y padecimientos originados de su enfermedad aduciendo que se tratan de medicamentos excluidos del pos.solicita se ordene el suministro de los medicamentos asi se encuentren por fuera del pos.carencia actual de objeto por fallecimiento de la demandante.

El derecho a la salud y su proteccion por via de tutela en el caso de los mayores adultos o personas de la tercera edad.

Suministro de medicamentos excluidos del pos.

Caracter integral de la prestacion del servicio de salud.

Alcance de las ordenes de tutela que reconocen dicha prestacion.carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez
  2. Quinto. Civil del Circuito de Bucaramanga y en su lugar CONFIRMAR el fallo proferido por el Juez Once Civil Municipal de Bucaramanga en los terminos de la presente providencia.
  3. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, por el fallecimiento de la demandante dentro del tramite de revision de la presente tutela.
  4. Tercero. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.