T-657 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Albeiro Cortes Lozano Y Otro Vs. Sociedad Compañia De Información E Investigaciones S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por sociedad inmobiliaria
- Autorización previa del titular no comprende su facultad de autodeterminación informativa
- Afectación
- Núcleo esencial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al habeas data de arrendatarios reportados a centrales de riesgo datacredito y cifin por la supuesta mora en el pago del canon de arrendamiento previsto en el contrato suscrito con la inmobiliaria guillermo martinez gaviria y cia s en c datos que en su sentir no corresponden a la realidad ademas que no se conto con su respectiva autorización.
Solicitan se ordene a la compañía de informaciones e investigaciones retirar los reportes negativos efectuados a las centrales de riesgos financieros.
Alcance del derecho fundamental al habeas data y el principio de libertad en la administración de datos personales.
La facultad de reportar a las personas que incumplen sus obligaciones tiene como base y punto de equilibrio la autorización que el interesado otorgue para disponer de esa informacion pues los datos que se vayan a suministrar conciernen a el.
A partir de la inobservancia y desconocimiento del principio de libertad la sala considera que se vulnero la facultad que tienen las personas de autorizar el uso y circulacion de sus datos.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo dictado por el Juzgado
- Octavo. (8) Civil Municipal de Bogota y el fallo proferido por el Juzgado Treinta y Seis (36) Civil del Circuito de Bogota, y en su lugar, CONCEDER la tutela por el derecho fundamental al habeas data invocado por los senores Albeiro Cortes Lozano y Eddier Antonio Buritica Cardona.
- SEGUNDO. ORDENAR a la entidad Investigaciones y Cobranzas El Libertador que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, se abstenga de enviar a las centrales de riesgo informacion relativa al contrato de arrendamiento celebrado entre los accionantes y la inmobiliaria Guillermo Martinez y CIA S en C., de tal forma que en adelante no vuelva a usar y divulgar sin el consentimiento previo y libre de su titular informacion personal, en este caso de los senores Albeiro Cortes Lozano y Eddier Antonio Buritica Cardona.
- TERCERO. ORDENAR a las centrales de riesgo DATACREDITO y CIFIN que eliminen de sus bases de datos la informacion reportada por la sociedad Investigaciones y Cobranzas El Libertador perteneciente a los senores Albeiro Cortes Lozano y Eddier Antonio Buritica Cardona.
- CUARTO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.