Sentencia de Tutela4 de agosto de 2003
T-647 de 2003
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Erwin Iban Mejia Lopez Y Otro Vs. Acerias Paz Del Rio S.A.
✓
Tema · dato duro
Pago Oportuno De Aportes Por Empleador. Traslado De Cotizaciones Al Sistema General De Pensiones. Pension De Jubilacion. Hechos Futuros E Inciertos. Estado De Subordinacion E Indefension. Llamado A Prevencion. Investigacion Disciplinaria. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia sobre hechos futuros e inciertos
- Amenaza cierta y contundente de violación de derechos
Proceso De Reestructuracion Empresarial
- No es razón para no haber pagado aportes a pensiones de empleados
Accion De Tutela Contra Acerias Paz Del Rio
- No pago de aportes a Fondos Privados de Pensiones
Derecho A La Seguridad Social
- Traslado de cotizaciones por empleador
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. CONFIRMAR las sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Nobsa mediante providencias del 17 y 19 de marzo de 2003, pero con base en las consideraciones aqui expuestas.
- Segundo. PREVENIR a la entidad demandada para que en el futuro evite incurrir en omisiones que pueden generar violacion de derechos fundamentales.
- Tercero. ADVERTIR a la empresa Acerias Paz del Rio S.A. que, para evitar en el futuro la vulneracion de los derechos fundamentales de los actores o de los demas trabajadores y pensionados a su cargo, en la medida en que el flujo de caja lo permita, se ponga al dia en el pago de los mencionados aportes pensionales. En su defecto, a la mayor brevedad posible debe celebrar un acuerdo de pago con fondos de pensiones con los que tambien se encuentre en mora.
- Cuarto. COMPULSAR copias del presente expediente y de esta decision con destino a la Fiscalia General de la Nacion, para que, si hubiere lugar a ello, investigue a la empresa Acerias Paz del Rio S.A., en consideracion al no traslado de las cotizaciones en pension descontadas a los senores Erwin Iban Mejia Lopez y Mario Alberto Posso Prieto a su correspondiente Fondo Administrador de Pensiones.
- Quinto. Librense por Secretaria General, las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a36
T-417/03Derecho A La Seguridad Social Y Vida De Pensionado Y Beneficiarios. Atencion Medica A Hija Discapacitada. Mora Pago De Aportes En Salud Por Empleador. Estado De Subordinacion. Tutela Contra Particulares. Llamado A Prevencion. Iss. Concedida.T-718/02Derechos Al Minimo Vital Seguridad Social Y Salud. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Estado De Subordinacion O Indefension. Mora En El Pago De Aportes Por Empleador. Tutela Contra Particulares. Hechos Futuros E Inciertos. Negada.T-703/02Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales Y Aportes Para Pension Por Parte Del Empleador. Estado De Subordinacion. Tutela Contra Particulares. Concedida.T-503/02Derechos A La Pension Futura Vida Y Seguridad Social. Continuidad. Estado De Subordinacion. Mora En Pago De Aportes En Pension Por Empleador. Suspension Contrato De Trabajo. Tutela Contra Particulares. Concedida.T-230/02Derecho A La Salud Vida Y Debido Proceso. Mora Pago Aportes A Seguridad Social. Regimen Contributivo. Llamado A Prevencion. Negada.T-768/01Derechos A La Salud Trabajo Y Seguridad Social. Mora En El Pago De Aportes Obrero-Patronales Por Tal Razon Se Suspendio El Servicio Causandole Un Perjuicio Al Pensionado. Concedida.
Ver las 36 →Citada por12
SU.226/19Incumplimiento De Las Obligaciones Del Empleador O De Las Entidades Administradoras En Materia De Pensiones No Es Imputable Ni Oponible Al Trabajador.T-533/16Derecho A La Sustitucion Pensional. Improcedencia De Reconocimiento Por No Existir Perjuicio Irremediable.T-113/15Tutela de 2015T-652/12Tutela de 2012T-842/11Tutela de 2011T-452/11Tutela de 2011
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.