Micelio
Sentencia de Tutela26 de mayo de 2011

T-452 de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Harold Walter Palacios Garcia En Representacion De Su Menor Hijo Malcom Xavier Palacios Ararat·Demandado Coomeva E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, integridad física, libre desarrollo de la personalidad.

El accionante, actuando en representación de su hijo, elevó derecho de petición ante COOMEVA E.P.S., con el objeto de que le fuera suministrada al menor, en forma gratuita y sin dilación, la vacuna de neumococo.

La entidad accionada no dio respuesta alguna al peticionario.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con el derecho fundamental a la salud de los niños y su protección por medio de la acción de tutela y enmarca la decisión dentro de la línea jurisprudencial adoptada por la Corporación para ordenar el suministro de vacunas, entre las que se encuentra la del neumococo.

CONCEDIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Buenaventura el dieciseis (16) de noviembre de dos mil nueve 2010 y en segunda instancia por el Juzgado
  3. Primero. Civil del Circuito de Buenaventura el doce (12) dos mil diez (2010) en la accion de tutela impetrada por Harold Walter Palacios Garcia en representacion de su menor hijo Malcom Xavier Palacios Ararat contra Coomeva E.P.S.,
  4. Segundo. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.