Micelio
Sentencia de Tutela21 de noviembre de 2016

T-643 de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Jose Fernando Perdomo Torres·Demandado Juzgado 11 Penal Del Circuito De Bogota Con Funciones De Conocimiento

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por No Configurarse Los Defectos Alegados Por Accionante En Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante, en su calidad de Fiscal General de la Nación (E) ataca una decisión judicial que decidió, en segunda instancia y ejerciendo función de garantías, revocar medidas de aseguramiento que habían sido impuestas a dos acusadas.

En su parecer, la autoridad accionada vulneró el derecho al debido proceso en tanto resolvió sobre la procedencia de las medidas mencionadas, a pesar de que las partes sólo habían apelado el carácter de las mismas.

Cuestiona igualmente, que el despacho sólo hubiese tenido en cuenta como motivo de imposición de la medida de aseguramiento el peligro de obstrucción de la justicia y que no se hubiera referido al peligro para la comunidad.

Por último consideró, que no se valoraran correctamente las pruebas, beneficiando de manera desproporcionada a la defensa y en perjuicio de la Fiscalía.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Reiteración de jurisprudencia. 2º.

El principio de limitación como elemento rector del trámite de segunda instancia. 3º.

El Juez de control de garantías.

Su naturaleza y funciones y, 4º.

De las medidas de aseguramiento privativas de la libertad y su tratamiento constitucional.

Reiteración de jurisprudencia.

La Sala considera que la solicitud de amparo impetrada no logró acreditar la carga argumentativa necesaria para superar los estrictos requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Con base en lo anterior, decidió confirmar las decisiones de instancia que NEGARON el amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, CONFIRMAR en su integridad las sentencias proferidas en primera y segunda instancia, respectivamente, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota y por la Sala de Decision de Tutelas No. 3 de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de la accion de tutela promovida por el senor Jose Fernando Perdomo Torres, en su calidad de Fiscal General de la Nacion encargado, contra el Juzgado Once (11) Penal del Circuito de Bogota D.C. con Funciones de Conocimiento.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.