Micelio
Sentencia de Tutela22 de agosto de 2014

T-599 de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Marcelino Parra·Demandado Ugpp

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Derecho A La Seguridad Social Y Al Debido
  • Orden a UGPP reconocer pensión de vejez
Principio De Respeto Al Acto Propio
  • Casos en que resulta aplicable
Respeto Por El Acto Propio
  • Aplicación en materia pensional
Derecho Fundamental A La Seguridad Social
  • Reiteración de jurisprudencia
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal UGPP la vulneración de derechos fundamentales, por el hecho de revocar unilateralmente y sin consentimiento previo, el acto administrativo a través del cual le reconoció y reliquidó al actor la pensión de vejez.

Se reconstruyen las líneas jurisprudencias de la Corporación en torno a la protección constitucional a la seguridad social y la aplicación del principio de “respeto al acto propio” en materia de derechos pensionales.

Se CONCEDE el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y la seguridad social.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 20 de marzo de 2014 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, el cual confirmó el dictado, el 11 de febrero de 2014, por el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Bogotá que declaró la improcedencia de la acción de tutela y, en su lugar, conceder el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social del señor Marcelino Parra.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la resolución ADP013078 del 26 septiembre de 2013 que revocó el reconocimiento de la pensión de vejez del accionante y, en su lugar, ORDENAR el pago de dicha prestación reconocida en la resolución No. RDP-041956 del 10 de septiembre de 2013, el cual debe efectuarse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta sentencia.
  3. TERCERO. LIBRENSE, por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.