Micelio
Sentencia de Tutela23 de julio de 2009

T-494 de 2009

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Hector David Name Teran·Demandado Grupo Interno De Trabajo Para La Gestion Del Pasivo Social De La Empresa Puertos De Colombia Del Ministerio De La Proteccion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso administrativo evocado por pensionado de la empresa demanda a quien le fue reducida la mesada pensional por una interpreacion erronea de juzgado penal que condeno a otro trabajadores de la misma entidad por el delito de peculado por apropiación. <br>la corte puntualizo que la revocatoria o la suspension unilateral de un acto administrativo particular y concreto solo es posible con el consentimiento expreso del titular, salvo que se compruebe la ilegalidad manifiesta del mismo o que exista motivos reales, objetivos y trascendentales que motiven la decision.

En suma, para el efecto debe seguirse lo establecido en los articulos 19 y 20 de la ley 797 de 2003 y la sentencias c-835 de esa misma anualidad. <br>en vista de que en el particular no tuvo lugar ninguno de los presupuestos referidos, se confirmo el fallo de instancia, mediante el cual se dispuso dejar si efectos la resolucion a traves de la cual se revoco unilateralmente el acto que, a su vez, reconocia la prestacion pensional a favor del petente. <br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida en enero 21 de 2009, por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.