Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 2002

T-599 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Diana Benjumea Rosero Y Otros Vs. Consejo Seccional De La Judicatura Cundinamarca Y Valle

Tema · dato duro
Derechos A La Igualdad Trabajo Y Debido Proceso. Concurso De Meritos De La Rama Judicial. Inclusion En Lista De Elegibles. Homologacion De Cargos. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concurso De Meritos
  • Proceso de homologación no podía iniciarse de oficio
Medio De Defensa Judicial
  • Homologación de cargos y opción de sedes en concurso de méritos
  • Concurso de méritos
Accion De Tutela Transitoria
  • Condiciones del perjuicio irremediable
Acción De Tutela
  • Improcedencia general para controvertir actos administrativos
  • Improcedencia por cuanto los actores no utilizaron los mecanismos para corregir errores en el concurso de méritos
  • Procedencia excepcional para controvertir actos administrativos
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Confirmar el fallo del 23 de mayo de 2001 de la Seccion Segunda, Subseccion A, Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante el cual se confirmo la decision del 5 de abril de 2001, adoptada por la Seccion 3, Subseccion B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaro improcedente la accion de tutela promovida por Diana Benjumea Rosero.
  2. Segundo. Confirmar el fallo del 13 de junio de 2001 de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se confirmo la decision del 15 de mayo de 2001, adoptada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali que declaro improcedente la accion de tutela promovida por Jose Humberto Florez Valencia.
  3. Tercero. Confirmar el fallo del 23 de mayo de 2001 de la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se confirmo la decision del 4 de abril de 2001 adoptada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, que declaro improcedente la accion de tutela promovida Gabriel Lara Garzon.
  4. Cuarto. Confirmar el fallo del 23 de mayo de 2001 de la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se confirmo la decision del 5 de abril de 2001, adoptada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota que declaro improcedente la accion de tutela promovida por Flor Alba Pardo Segura.
  5. Quinto. Confirmar el fallo del 23 de mayo de 2001 de la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se confirmo la decision del 20 de abril de 2001, adoptada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota que declaro improcedente la accion de tutela promovida Jaime Rincon Sanchez.
  6. Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.