Micelio
Sentencia de Tutela19 de agosto de 2020

T-328 de 2020

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Nmp*·Demandado Fiscalia Primera Seccional De La Uri De Barrancabermeja Y Otro

Tema · dato duro
Trámite De Reconstrucción Como Medida Para Garantizar El Acceso A La Administración De Justicia En Caso De Pérdida Total O Parcial De Un Expediente Judicial
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela En Materia De Reconstruccion De Expediente
  • Procedencia excepcional
  • No se argumentó suficientemente por qué es probable que la acción penal no haya prescrito
  • No se justificó por qué era necesario identificar “plenamente” en el trámite de tutela al presunto responsable de los hechos en el marco del proceso penal
Derecho Al Debido Proceso Y Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia
  • Orden a la autoridad competente iniciar trámite de reconstrucción de expediente
Reconstruccion De Expedientes Y Documentos
  • Vulneración al debido proceso, de no hacerse de manera célere y sin dilaciones injustificadas
Tramite Para La Reconstruccion De Expediente
  • Procedimiento y necesidad de reconstruir un expediente cuando ha sido extraviado o destruido
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Garantía en la reconstrucción de expediente judicial, en caso de pérdida total o parcial
Reconstruccion De Expedientes
  • Celeridad
  • No es acertada la remisión normativa al Código General del Proceso en la reconstrucción de expedientes penales
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante instauró la tutela en procura de obtener la protección de los derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia y al debido proceso para su hija, presuntamente vulnerados por las entidades demandadas en virtud de la mora judicial injustificada en la que incurrieron, al no haber adelantado ninguna diligencia en relación con la denuncia presentada a comienzos del año 2006, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años del que resultó víctima su hija, cuando tenía siete años para ese entonces.

El argumento de la inactividad fue el extravío del expediente.

Se abordó temática relacionada con el trámite de reconstrucción como medida para garantizar el acceso a la administración de justicia en caso de pérdida total o parcial de un expediente judicial.

Se CONCEDE el amparo invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de las garantías constitucionales tuteladas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia del 20 de junio de 2019, proferida por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en la que se declaró la improcedencia de la acción de tutela promovida por NMP, en calidad de agente oficiosa de su hija YMP, con fundamento en la carencia actual de objeto por daño consumado. En su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia y al debido proceso de la agenciada.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Fiscalía Primera Seccional de la URI de Barrancabermeja que en el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, inicie el trámite de reconstrucción del expediente relacionado con la noticia criminal 680816000135200600403, en la que figura como denunciante NMP y, como indiciado, AP, por hechos ocurridos el 27 de abril de 2006. Para tal efecto, deberá establecer la plena identidad del sujeto implicado, de modo que pueda corroborarse la edad que tenía al momento de la ocurrencia de los hechos y, de esta manera, se siga el procedimiento a que haya lugar por parte de la autoridad judicial competente. El trámite de reconstrucción del expediente no podrá superar el plazo perentorio de dos (2) meses contados a partir de la notificación de esta sentencia.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, COMPULSAR COPIAS del expediente T-7.022.148, incluido este fallo, con destino a la Procuraduría General de la Nación, a la Fiscalía General de la Nación y al Consejo Seccional de la Judicatura de Santander para que, en el marco de sus competencias, investiguen la actuación de los servidores judiciales involucrados en el extravío del expediente que contiene la noticia criminal con número de radicado 680816000135200600403, en la que figura como denunciante NMP y, como indiciado, AP, por hechos ocurridos el 27 de abril de 2006 en la ciudad de Barrancabermeja.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Defensoría del Pueblo que, en cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales, brinde acompañamiento y asesoría jurídica a la señora NMP, en lo relacionado con el proceso penal de la referencia y frente a cualquier otra acción que esté en posibilidad de instaurar por el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia (Ley 270 de 1996, art. 69).
  5. QUINTO. LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí indicados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.