T-578 de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Universidad De Antioquia·Demandado Tribunal Administrativo De Antioquia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Respeto de los jueces al carácter vinculante del precedente judicial
- Deben respeto por la jurisprudencia
- No vulneración en caso de miembros de la banda sinfónica en contra de la Universidad de Antioquia para ser categorizados como trabajadores oficiales
- Vulneración por cuanto con el cambio de régimen a los empleados de la Banda Sinfónica se está imponiendo a la Universidad de Antioquia un gasto que no estaba presupuestado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, autonomía universitaria.
Tutela contra providencia judicial.
La universidad de Antioquia interpuso la acción de tutela en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado Once Administrativo de Medellín, por considerar que las decisiones adoptadas por estos éstos despachos judiciales dentro del trámite de un proceso por acción de cumplimiento, se violó derechos fundamentales de la institución, al haber inaplicado jurisprudencia relacionada con la improcedencia de las acciones de grupo cuando de éstas se derive la ordenación de un gasto.
En el precitado proceso se ordenó convertir en trabajadores oficiales a los músicos sinfónicos, que ostentan la calidad de empleados públicos.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la aplicación de las reglas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y concluye que, los jueces administrativos no violaron derecho alguno al ordenar a un centro educativo de la categoría de la accionante, el cumplimiento de una ley que establece el tipo de vinculación que deben tener al Estado los músicos sinfónicos.
Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo deprecado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Confirmar los fallos proferidos por la Subseccion B, de la Seccion Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el 26 de agosto de 2010, en primera instancia, y por la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 25 de noviembre de 2010, dentro de la accion de tutela promovida por la Universidad de Antioquia en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado 11 Administrativo del Circuito de Medellin.
- Segundo. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.