Micelio
Sentencia de Tutela18 de octubre de 2016

T-572 de 2016

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Omar Javier Contreras Socarras·Demandado Concejo Municipal De Valledupar

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Actos Administrativos De Caracter Personal. Improcedencia Por Exisitir Accion De Nulidad Electora Y No Existir Perjucio Irremediable.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actos Administrativos De Caracter Electoral
  • Mecanismos previstos en la jurisdicción contencioso administrativa no son eficaces a objeto de proteger los derechos fundamentales involucrados
  • Debió existir un pronunciamiento de fondo
  • Improcedencia por existir acción de nulidad electoral y no demostrar perjuicio irremediable
  • Procedencia por cuanto se hallan en riesgo derechos fundamentales
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante alega que el Concejo Municipal de Valledupar vulneró sus derechos fundamentales, a raíz de la elección que realizó del Contralor Municipal para el período 2016-2019.

Tras constatar que no existe un perjuicio irremediable, ni que el actor es un sujeto de especial protección del Estado, se decide confirmar las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias de tutela de primera y segunda instancia, proferidas por el Juzgado de Pequeñas Causas Laborales de Valledupar y el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Valledupar respectivamente, a través de las cuales se declaró improcedente el amparo solicitado por el actor.
  3. SEGUNDO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
  4. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  5. Magistrado
  6. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  7. Magistrado
  8. Con salvamento de voto
  9. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  10. Magistrada
  11. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.