Micelio
Sentencia de Tutela12 de julio de 2007

T-535 de 2007

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Marilyn Salas Tarifa En Representacion De Daniel Andres Durango Martinez Vs. Saludcoop

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida De Persona En Circunstancias De Debilidad Manifiesta
  • Vulneración por omisión en la práctica de cirugía a persona con severas crisis de epilepsia
Derecho A La Salud
  • Doble connotación
  • Tratamiento prescrito por médico tratante debe llevarse a cabo y la EPS no puede negarse a practicarlo por razones económicas
  • Casos de protección a través de tutela
  • Prueba de la incapacidad económica
Regimen Contributivo De Salud
  • Presunción de capacidad económica
  • Prueba de la incapacidad económica para asumir tratamiento
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y a la vida digna de afiliado cotizante que padece epilepsia y a quien la entidad se niega a autorizarle una intervencion quirurgica denominada protocolo de cirugia de epilepsia aduciendo que dicha intervencion se encuentra excluida del pos y que el actor ingreso a la institucion que ordena el procedimiento mediante servicio particular por lo que debera cubrir la totalidad de los gastos generados a partir de la consulta.solicita se ordene autorizar el procedimiento formulado.el derecho a la salud y su proteccion mediante la accion de tutela.

Para el caso de los sujetos de especial proteccion constitucional el estado por intermedio de las entidades prestadoras de salud esta obligado a prestar la atencion medica integral que requieran de conformidad con el tratamiento ordenado por el medico tratante atendiendo la proteccion reforzada de que gozan con sujecion a los principios de celeridad eficiencia continuidad y oportunidad pilares establecidos desde el ordenamiento constitucional.

El principio de integralidad y el derecho a la continuidad en la prestacion del servicio publico de salud.

Prueba de la capacidad economica.

Teniendo en cuenta que el actor padece de epilepsia enfermedad que genera una discapacidad se concluye que quien solicita el amparo es un sujeto de especial proteccion constitucional razon por la que la accion de tutela resulta procedente para amparar los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna de este.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por la razones expuestas el fallo proferido por el
  2. Tercero. Civil del Circuito de Cartagena, de fecha 5 de octubre de 2006. En su lugar, CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de Cartagena, el dia 1 de agosto de 2006, mediante el cual se concedio el amparo a los derechos fundamentales del senor Daniel Andres Durango Martinez.
  4. SEGUNDO. ORDENAR a SALUDCOOP EPS que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo autorice la practica del procedimiento denominado protocolo de cirugia de epilepsia ordenado por el medico tratante al senor Daniel Andres Durango Martinez.
  5. TERCERO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.