Micelio
Sentencia de Tutela12 de mayo de 2005

T-484 de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Segundo Del Carmen Fagua Cipamocha Y Otros Vs. Autoboy S.A. Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Empleador
  • Procedencia por imposición de obligación de afiliarse a Cooperativa para poder seguir trabajando
Derecho Al Trabajo
  • Empleador no puede obligar a conductores de AUTOBOY a afiliarse a Cooperativa
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al trabajo y a la libre asociación de conductores de vehículos de transporte urbano en la ciudad de tunja afiliados a la empresa autoboy como empleados asalariados del propietario del vehículo por la exigencia de la empresa de afiliarse a una cooperativa que los obliga a realizar aportes a la seguridad social cancelar cuota de administración y a realizar un ahorro obligatorio so pena de no asignárseles rutas y retirarles la autorización.

Solicitan se ordene a la cooperativa y a autoboy permitir la afiliacion independiente al sistema de seguridad social y se abstenga de realizar sanciones a los conductores no afiliados asi como la devolución de los dineros aportados como ahorro.

Tutela contra particulares.

Derecho de asociación.

Derecho al trabajo.

Si bien es cierto que las cooperativas gozan de plena libertad para determinar y autorregular ciertos aspectos básicos que conciernen a su objeto social a su estructura organización y funcioaamiento a las condiciones de ingreso y retiro de sus miembros tambien lo es que dicha libertad no es absoluta porque debe ejercerse dentro del marco de la constitucion y las restricciones impuestas por la ley.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Segundo. y
  3. Cuarto. Civil del Circuito de Tunja que confirmaron el fallo del Juzgado
  4. Segundo. y
  5. Cuarto. Civil Municipal de Tunja, en las acciónes de tutela instauradas por los señores
  6. Segundo. del Carmen Fagua Cipamocha, Carlos Antonio Cárdenas Rojas, Luis Orlando Fagua , en contra de Autoboy S.A. y Cooperar Unidos. En su lugar, CONCEDER la protección que se reclama.
  7. Segundo. ORDENAR al gerente de Autoboy S.A. o a quien haga sus veces, que en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, deje sin efecto la decisión del 18 de octubre de 2004 de la cual se enteró a los conductores de Autoboy S.A. sobre la obligatoriedad de afiliarse a Cooperar Unidos, so pena de que en caso contrarío a quien no le de cumplimiento a tal decisión sea sancionado, pues allí se dispuso que "El pago de los aportes de seguridad social deben hacerse a Cooperar Unidos de lo contrario, La empresa no autorizara el despacho de vehículos cuyos conductores no estén al día en el pago de los aportes,". En consecuencia se ordena al gerente de Autoboy S.A. respetar el derecho de asociación de los conductores de la empresa para decidir voluntariamente si se afilian a Cooperar Unidos, o si por el contrario se desafilian de ésta o sí se afilian a otra entidad para cumplir con sus obligaciones y tener los derechos que les correspondan en el Sistema de Seguridad Social.
  8. Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.