Micelio
Sentencia de Tutela28 de junio de 2001

T-677 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Pablo Emilio Salazar Restrepo. Vs. Empresa De Transporte Patuma Ltda.

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo E Igualdad. La Procedencia De La Conciliacion En El Tramite De La Accion De Tutela. Igual Trato A Los Afiliados A Las Empresas De Transporte Publico Colectivo De Personas. Estado De Indefension Y De Subordinacion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Igualdad Y Derecho Al Trabajo En Empresas De Transporte Publico
  • Trato diferenciado a dos transportistas en cuanto a la asignación de rutas
Indefension
  • Transportista en cuanto a asignación de ruta
  • Falta de medios de defensa para controvertir decisión por no ser asociado de Empresa de Transporte
Acción De Tutela
  • Improcedencia por tratarse de relación contractual de derecho privado con empresa de transporte
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR los numerales
  2. primero. y
  3. segundo. del fallo de instancia proferido por la Juez Promiscuo Municipal de Versalles (Valle) el 13 de diciembre de 2000, en cuanto tuteló, como mecanismo transitorio, los derechos a la igualdad y al trabajo del señor Pablo Emilio Salazar Restrepo.
  4. SEGUNDO. CONFIRMAR la primera parte del numeral
  5. tercero. del fallo que dice: "La vigencia de la orden consignada en precedencia será de tres meses", con la advertencia de que el término de la vigencia de dicha orden se contará a partir de la ejecutoria de éste fallo; y REVOCAR la parte restante del mismo numeral.
  6. TERCERO. PREVENIR a la Empresa de Transporte Patuma Ltda. para que en lo sucesivo le dé aplicación al artículo 7º del Decreto 170 del 5 de febrero de 2001, en lo relativo al plan de rodamiento.
  7. CUARTO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoAlvaro Tafur Galvis
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.