T-464 de 2010
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Frennly Herrera Vasquez·Demandado Industria Nacional De Gaseosas Indega S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance, contenido y finalidad
- Permisos sindicales remunerados como una faceta positiva de éste
- Vulneración por negativa de la empresa en conceder los permisos sindicales remunerados sin justa motivación
- Su uso debe estar apoyado en los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad
- El empleador puede limitarlo o abstenerse de concederlo pero debe justificar o motivar su decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Igualdad, trabajo, libertad de asociación.
Manifiesta el accionante que la empresa accionada se ha negado a otorgarle los permisos sindicales a que tiene derecho por ser presidente de la junta directiva SINTRAILBEC, la entidad accionada alega el Ministerio de Protección Social revocó la decisión mediante la cual se ordenó la inscripción en el registro sindical de la nueva junta directiva y por lo tanto el actor no hace parte de los miembros de dicha junta.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre los permisos sindicales remunerados como una de las facetas positivas del derecho de asociación sindical, queda demostrado que el actor es integrante del Comité Ejecutivo Nacional de SINALTRAINAL, y la justificación dada por la empresa accionada para negar los premisos sindicales es incipiente, se ordena otorgar los permisos sindicales solicitados, y se le recuerda que tiene la posibilidad de negarlos siempre y cuando motive de manera suficiente su decisión.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia dictada por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Monteria, el 18 de septiembre de 2009 que declaro improcedente la solicitud de tutela promovida por el senor Frennly Herrera Vasquez contra INDEGA S. A.
- SEGUNDO. AMPARAR el derecho de asociacion sindical de Frennly Herrera Vasquez vulnerado como integrante del Comite Ejecutivo Nacional de SINALTRAINAL, para lo cual ordenara a la empresa demandada que atendiendo lo establecido en los literales f) y g) del articulo 5deg de la convencion colectiva de trabajo, acceda a los permisos sindicales solicitados, teniendo la posibilidad de negarlos siempre y cuando motive de manera suficiente la decision, amparandose en los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.
- TERCERO. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.