T-740 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Sindicato Nacional De Trabajadores De La Industria De Productos Grasos Y Alimenticios·Demandado Acegrasas S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección de los derechos de los sindicatos y de los trabajadores sindicalizados
- Permisos sindicales
- Vulneración por negativa de la empresa en conceder los permisos sindicales sin justificación alguna
- Empleador puede negarlos pero fundamentando su decisión en la grave afectación de sus actividades
- No establecen condiciones para su reconocimiento ni sujetan su ejercicio a un límite temporal, pero sí deben consultar un criterio de necesidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Asociación sindical.
El actor alega que su empleador no le ha concedido los permisos sindicales para realizar diligencias inherentes a la Organización Sindical.
La Sala se pronuncia sobre la protección por vía de tutela de los derechos fundamentales de los sindicatos y de los trabajadores sindicalizados, la protección a la libertad de asociación sindical y el derecho a los permisos sindicales, el empleador puede abstenerse de conceder esta clase de permisos pero deberá justificarlo y, debe estructurarse en la grave afectación de sus actividades, de las pruebas aportadas se encuentra que los permisos fueron negados sin justificación alguna, los permisos sindicales hacen parte del derecho de asociación sindical, por lo tanto se declara que en este caso el derecho invocado ha sido vulnerado.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado Once Civil del Circuito de Bogotá, del 1º de junio de 200927, dentro de la acción de tutela promovida por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de Productos Grasos y Alimenticios -SINTRAIMAGRA y en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental de asociación sindical del sindicato accionante, por los motivos expuestos en esta sentencia.
- Segundo. ORDENAR a Acegrasas S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, tome las medidas pertinentes para autorizar las ausencias legitimas del cargo de los directivos y representantes del sindicato de aquí en adelante, a medida que la función lo requiera, siempre y cuando el empleador no aduzca que la concesión de estos permisos alteran en forma grave la actividad que desarrolla.
- Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.