T-437 de 2010
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Jose De Jesus Posada·Demandado Nueva Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa
- Hija en representación de padre enfermo
- Procedencia de tutela en el presente caso para el suministro de pañales y guantes desechables a persona de la tercera edad que padece parálisis general
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos establecidos por la Corte Constitucional para solicitarlo mediante acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna.
La accionante actúa en representación de su padre quien como consecuencia de un accidente cerebro vascular presenta parálisis general, por lo tanto requiere el uso permanente de pañales, por lo tanto presentó un derecho de petición a su EPS en donde solicita el suministro de pañales y de guantes, sin embargo obtuvo respuesta negativa a sus pretensiones.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia, sobre el derecho fundamental autónomo a la salud de las personas de la tercera edad, la procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el suministro de medicamentos, exámenes o procedimientos no incluidos dentro del POS, se encuentra que los elementos necesarios para conceder la presente acción y proteger los derechos del accionante si se encuentran configurados, por lo tanto se ordena el suministro de los pañales y guantes necesarios.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el veintiuno (21) de diciembre de dos mil nueve (2009), por el Juzgado
- Tercero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna del senor Jose de Jesus Posada.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Nueva E.P.S que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificacion de este fallo, suministre en forma periodica los panales desechables y los guantes desechables requeridos por el Senor Jose de Jesus Posada.
- TERCERO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.