Micelio
Sentencia de Tutela3 de diciembre de 2021

T-426 de 2021

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Alexi Viviana Amaya Cubillos·Demandado Veeduria Disciplinaria De La Universidad Nacional

Tema · dato duro
Obligacion De Entes Universitarios Para Sensibilizacion, Prevencion Y Sancion De Formas De Violencia Y Discriminacion Contra Las Mujeres
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Universidad
  • Improcedencia por no cumplir con el requisito de subsidiariedad e inmediatez en proceso disciplinario
Discriminación Y Violencia Contra La Mujer
  • Utilización de prejuicios y la actitud indiferente de los funcionarios de la Administración de Justicia perpetúa la violencia de género
Administración De Justicia Con Perspectiva De Género
  • Forma de combatir la violencia contra la mujer
  • Su desconocimiento por parte de quienes ejercen funciones judiciales, puede convertirse en un nuevo acto de violencia en contra de la mujer denunciante
Violencia Contra La Mujer
  • Instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad
  • Obligación del Estado de prevenir, investigar y sancionar con la diligencia debida
Comision Interamericana De Derechos Humanos Y Corte Interamericana De Derechos Humanos
  • Relación entre deber del Estado a la debida diligencia y acceso a recursos judiciales idóneos y efectivos frente a la violencia contra la mujer
Debido Proceso Disciplinario En Entorno Universitario
  • Vulneración por demora injustificada en trámite de queja por acoso laboral y sexual
  • Vulneración por exceso ritual manifiesto
Derecho A Una Vida Libre De Violencia Y Prohibición De Discriminación En El Entorno Universitario
  • Obligación de prevenir, sensibilizar, investigar y sancionar formas de violencia contra la mujer
Legitimación Por Activa En Tutela
  • Abogado con poder para actuar
Violencia Sexista En El Entorno Universitario
  • Debida diligencia en la investigación y sanción de violencias de género
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante se vinculó a la Universidad Nacional como contratista en el año 2011 y prestó sus servicios en varias dependencias.

En mayo de 2016 instauró una queja disciplinaria en contra de su jefe inmediato, por actos que configurarían acoso sexual y laboral.

La actuación a la que se le atribuye vulneración de derechos fundamentales por parte de la Veeduría Disciplinaria de la institución accionada, es haber rechazado el recurso de apelación que se formuló en contra de un auto adoptado en la causa disciplinaria, mediante el cual se dispuso su archivo bajo el argumento de no haber sido demostrada la legitimación de la apoderada que lo presentó, en tanto esta había sido designada como suplente de la suplente de la apoderada titular.

La peticionaria alega que en la sustentación del mencionado recurso se señalaba la falta de enfoque de género, las irregularidades de valoración de las pruebas y la inseguridad jurídica que se presentó al sustentar el fallo en una norma que no estaba vigente para la época de los hechos.

La Corte considera que la decisión cuestionada en esta oportunidad se fundó en una aplicación inadecuada de la norma, lo cual condujo a un defecto procedimental por exceso ritual manifiesto y al desconocimiento del derecho sustancial de la mujer de contar con un mecanismo efectivo de defensa ante actos de violencia de género.

Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos el auto cuestionado y se ordena a la accionada dar trámite al recurso propuesto y analizar con perspectiva de género y atendiendo los estándares internacionales, constitucionales y legales, los reparos expresados en ese escrito.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Tercera, Subseccion "C", el 4 de septiembre de 2020, que confirmo el proferido por el Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogota, el 30 de julio de 2020. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia de Alexi Viviana Amaya Cubillos.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto 588 de 20 de junio de 2019, proferido por la Veeduria Disciplinaria de la Universidad Nacional de Colombia, que rechazo el recurso de apelacion en contra del auto 405 de 8 de mayo de 2019.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Veeduria Disciplinaria de la Universidad Nacional de Colombia que dentro de los veinte (20) dias siguientes a la notificacion del presente fallo, de tramite al recurso propuesto y analice, con perspectiva de genero y atendiendo los estandares internacionales, constitucionales y legales, los reparos expresados en ese escrito.
  4. CUARTO. LIBRAR, por Secretaria General, la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoPaola Andrea Meneses Mosquera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.