Micelio
Sentencia de Tutela4 de mayo de 2007

T-333 de 2007

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Diana Emilce Leon Medina Vs. Ese Luis Carlos Galan

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por reintegro al cargo
  • Carencia actual de objeto
  • Casos en que procede para pago de acreencias laborales
  • Improcedencia general para reclamar pago de acreencias laborales
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al trabajo de auxiliar de enfermeria vinculada a la entidad que fue suspendida por orden de la fiscalia general de la nacion por el presunto delito de concusion del cual fue absuelta y no ha obtenido el reconocimiento de los salarios y prestaciones del tiempo que duro suspendida.solicita se ordene el pago de los salarios y prestaciones adeudados.hecho superado en relacion con la peticion de reintegro en tanto la entidad accionada dicto ya la correspondiente resolucion de reintegro a la accionante.

Improcedencia de la accion de tutela para obtener el pago de acreencias laborales.carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá el
  2. primero. de noviembre de 2006 dentro de la acción de tutela de la referencia, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, de conformidad con lo expuesto a lo largo del presente fallo.
  4. Tercero. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.