T-326 de 2009
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Hernan Duarte Parrado·Demandado Instituto De Seguros Sociales (Iss)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Traslado nuevamente al régimen de prima media
- Inaplicación del literal b) del artículo 3 del Decreto 3800 de 2003
- El actor no podía perder su derecho por circunstancias externas que él no podía prever
- Fundamentos fácticos que den cuenta de las condiciones materiales de la persona
- Seguro Social deberá iniciar los trámites para reconocer la pensión de vejez al actor
- Se cumplió con el requisito de agotamiento de los recursos en sede administrativa y de acudir a la jurisdicción respectiva
- Criterio para determinarlo depende de una evaluación cualitativa de las necesidades de cada persona
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos al minimo vital, seguridad social y libre escogencia del regimen pensional cuya proteccion demandada ciudadano a quien la entidad accionada denego el reconocimiento de la pension por vejez, a la que afirma tener derecho como beneficiario del decreto ley 546 de 1971. <br>la sala encontro satisfechos los requisitos que permiten la procedencia excepcional de la proteccion tutelar frente a pretensiones de este tipo, es decir, el agotamiento de la via gubernativa; La amenaza de un perjuicio irremedible provocado por el padecimiento de diabetes mellitas; Y la invocacion de fundamentos facticos que den cuenta de las condiciones materiales de la persona.
Verificado esto, dada la satisfaccion de los requisitos previstos en el articulo 6° del decreto precitado para el reconocimiento de la prestacion respectiva, y precisada la viabilidad del cambio de regimen, se ordeno al instituto demandado iniciar el tramite pertinente para ello. <br>concedida <br><b> nota de relatoria: Esta sentencia fue declarada nula mediante auto 050 de marzo 08 de 2012, según comunicado de prensa 10 de 2012.</b>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos en este proceso, decretada para adelantar el incidente de un impedimento presentado en el mismo.
- SEGUNDO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el once (11) de septiembre de dos mil ocho (2008), por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio y, en su lugar, CONCEDER el amparo como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable de los derechos al minimo vital, a la seguridad social y a la libre escogencia de regimen pensional del senor Hernan Duarte Parrado.
- TERCERO. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, en el termino de 48 horas a partir de la notificacion de esta providencia, inicie el tramite pertinente para reconocer la pension de vejez al senor Hernan Duarte Parrado, con base en los beneficios que le otorgaria el regimen de transicion. Ese tramite debera estar concluido con la expedicion del acto administrativo correspondiente en un plazo no mayor a veinte (20) dias siguientes a la fecha en que se notifique esta providencia.
- CUARTO. ADVERTIR que esta decision tiene efectos obligatorios hasta tanto quede ejecutoriada la sentencia definitiva que profiera la jurisdiccion de lo contencioso administrativo en la demanda instaurada por el senor Hernan Duarte Parrado contra el Instituto de Seguros Sociales.
- QUINTO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.